Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 5 de diciembre de 1983 por la que se abre nuevo plazo de presentación de instancias para la integración en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de los Maestros procedentes del Plan profesional de 1931 y de los procedentes de los cursillos de selección para ingreso en el Magisterio Nacional Primario, convocados por Decreto de 14 de marzo de 1936.

BOE-A-1983-32375Publicada: 09/12/1983MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de diciembre de 1983 por la que se abre nuevo plazo de presentación d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 5 de diciembre de 1983 abre un nuevo plazo para la presentación de instancias de integración en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica, dirigido a maestros procedentes del Plan profesional de 1931 y de cursillos de selección para el Magisterio Nacional Primario convocados en 1936. **2. CONTEXTO** La norma surge como respuesta a la necesidad de regular la incorporación de docentes históricos al sistema educativo actual. El Plan profesional de 1931 y los cursillos de selección de 1936 fueron mecanismos para formar profesorado, pero su integración en el Cuerpo de Profesores no fue concluida en su totalidad. La Orden busca garantizar la continuidad de estos profesionales en el sistema educativo mediante un plazo extendido. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 5 de diciembre de 1983, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 14 de diciembre de 1983, establece un nuevo plazo para la presentación de instancias de integración en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica. Según el artículo 1, se abre un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de publicación para que los maestros mencionados puedan solicitar su incorporación. El artículo 2 detalla que los interesados deben presentar una solicitud formal, adjuntando documentación que acredite su condición de profesores procedentes del Plan profesional de 1931 o de los cursillos de selección de 1936. La norma se basa en el Decreto de 14 de marzo de 1936, que convocó a estos profesores para su integración en el Magisterio Nacional Primario. Sin embargo, debido a la complejidad de la tramitación administrativa y la falta de claridad en los procedimientos, muchos de ellos no lograron su incorporación. La Orden de 1983 busca resolver esta situación mediante un mecanismo de regularización. En el artículo 3, se establece que la autoridad competente, en este caso, el Ministerio de Educación, será la encargada de resolver las solicitudes dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles. Además, se menciona en el párrafo 2 del artículo 4 que los profesores que ya estuvieran en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica podrían optar por la incorporación en el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria, siempre que cumplan con los requisitos de titulación. La norma también incluye una disposición final en el artículo 5, que establece que los profesores que se integren mediante esta Orden tendrán derecho a la estabilidad en el empleo público, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Estabilidad del Personal del Servicio Público. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 permite a docentes históricos integrarse al sistema educativo actual mediante un plazo extendido. Se establecen requisitos formales y un procedimiento de tramitación. La norma busca regularizar la situación de profesores que no lograron su incorporación en el pasado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazo extendido**: Se abre un nuevo periodo de 30 días para la presentación de instancias. ⚠️ **Documentación requerida**: Se precisa acreditar la condición de profesor histórico. 📋 **Autoridad competente**: El Ministerio de Educación resuelve las solicitudes. ℹ️ **Estabilidad laboral**: Los profesores integrados tienen derecho a estabilidad. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 5 de diciembre de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 5 de diciembre de 1983. - **Materias**: Educación, empleo público, derecho administrativo. - **Relevancia**: ALTA (aborda la regularización de profesionales históricos en el sistema educativo). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1983, el sistema educativo español ya contaba con mecanismos como el Plan profesional de 1931 y los cursillos de selección de 1936, que formaron a docentes pero no garantizaron su integración definitiva en el Cuerpo de Profesores. La norma de 1983 se alinea con el marco estatal, que buscaba regular la incorporación de estos profesionales, mientras que las comunidades autónomas (CCAA) y la Unión Europea (UE) aún no habían establecido regulaciones similares en su totalidad. La importancia radica en que la Orden refleja la evolución hacia un sistema más inclusivo y estructurado, asegurando la continuidad de docentes históricos en un contexto de reformas educativas, contrastando con los sistemas más fragmentados de la época.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →