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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de marzo de 1985 sobre acceso mediante promoción interna a la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

BOE-A-1985-5518Publicada: 09/04/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de marzo de 1985 sobre acceso mediante promoción interna a la Escala ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden de 29 de marzo de 1985 establece las condiciones para el acceso a la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mediante promoción interna. Define los requisitos de titulación, antigüedad, situación laboral y la reserva del 50% de las vacantes para funcionarios en situación de activo o supernumerarios. **2. CONTEXTO** La norma se fundamenta en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, que obliga a las Administraciones Públicas a facilitar la promoción interna desde cuerpos o escalas del grupo inferior al superior. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, tras informe de la Comisión Superior de Personal, establece reglas específicas para el acceso a la Escala de Titulados, garantizando transparencia y coherencia con el marco legal general. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden regula el acceso a la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio mediante promoción interna, aplicable a funcionarios de cuerpos o escalas del Grupo C del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como a otros organismos autónomos mencionados. Según el artículo 1, los aspirantes deben: - Poseer la titulación exigida para el ingreso en la Escala. - Estar en situación de activo, servicios especiales, servicios en Comunidades Autónomas o supernumerario. - Tener tres años de antigüedad como funcionario de carrera en cuerpos o escalas específicos, como plazas no escalafonadas del Ministerio, técnicos del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, operadores de restitución, preparadores del Instituto Español de Oceanografía, entre otros. El artículo 2 establece que, en cada convocatoria, se reservarán hasta el 50% de las vacantes para funcionarios que accedan mediante promoción interna, conforme al artículo 22.1 de la Ley 30/1984. El artículo 3 otorga preferencia a los aspirantes procedentes de promoción interna que superen las pruebas, garantizando su prioridad en la cobertura de plazas vacantes. La norma se alinea con el marco legal general de la reforma de la función pública, priorizando la movilidad interna y la formación continua. Además, establece un mecanismo de transparencia al reservar vacantes específicas, evitando discriminación entre funcionarios en situación de activo y otros. La aplicación de estas reglas se realiza bajo el control de la Comisión Superior de Personal, asegurando la legalidad del proceso. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden de 1985 crea un marco claro para la promoción interna en el ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, garantizando derechos a funcionarios en situación de activo. La reserva del 50% de las vacantes refuerza la movilidad interna, mientras que la preferencia en la cobertura de plazas promueve la estabilidad laboral. La norma se ajusta al marco legal de la reforma de la función pública, priorizando la transparencia y la igualdad de oportunidades. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos de acceso**: Titulación, antigüedad mínima de 3 años y situación laboral específica. ⚠️ **Reserva del 50% de vacantes**: Garantiza oportunidades a funcionarios en activo o supernumerarios. 📋 **Procedimiento transparente**: Control de la Comisión Superior de Personal. ℹ️ **Alineación con la reforma de la función pública**: Cumple con el artículo 22.1 de la Ley 30/1984. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de marzo de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 29 de marzo de 1985. - **Materias**: Función pública, promoción interna, carrera administrativa. - **Relevancia**: ALTA (regula mecanismos clave de movilidad interna en el sector público). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la norma establecida en el Orden de 1985, el acceso a la Escala de Titulados en los Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se regía por normativas más generales y menos específicas, que no contemplaban claramente la promoción interna como vía de acceso. En ese momento, la regulación estatal y la normativa de las Comunidades Autónomas aún no habían desarrollado marcos tan detallados para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades en la promoción funcional. La importancia de esta norma radica en que establece un marco claro y justo, alineado con la Ley 30/1984, que obliga a las Administraciones Públicas a facilitar la promoción interna, asegurando así una mejor organización y coherencia en el sistema de funcionarios.

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