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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1939/1985, de 9 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de enseñanzas profesionales náutico-pesqueras.

BOE-A-1985-21910Publicada: 23/10/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1939/1985, de 9 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Real Decreto 1939/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, que transfiere funciones, servicios, instituciones y recursos relacionados con enseñanzas profesionales náutico-pesqueras del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias, con efectividad desde el 1 de enero de 1986. 2. **Contexto** El Real Decreto 1358/1983 establece el procedimiento para la transferencia de funciones del Estado a las Comunidades Autónomas. La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Canarias permiten esta transferencia, especialmente en la disposición transitoria cuarta, que autoriza la Comisión Mixta para definir los términos. El Real Decreto 1939/1985 fue aprobado el 9 de octubre de 1985, tras la deliberación del Consejo de Ministros. 3. **Contenido Jurídico** El Real Decreto 1939/1985 regula la transferencia de funciones y servicios en materia de enseñanzas profesionales náutico-pesqueras a la Comunidad Autónoma de Canarias. Según el artículo 1, se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 26 de marzo de 1985, que detalla la transferencia de funciones, bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios. El artículo 2 especifica que los traspasos incluyen la transferencia de bienes, derechos, obligaciones y recursos materiales, así como la inclusión de disposiciones legales afectadas en el Anexo II. El artículo 3 establece que los traspasos tienen efectividad desde el 1 de enero de 1986, tras un periodo de transición de 60 días, durante el cual el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asume la gestión de obligaciones presupuestarias. Además, se establece que la entrega de documentación y expedientes se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto, y la resolución de expedientes en trámite se regirá por el artículo 8 del Real Decreto 1358/1983. El Anexo II detalla las disposiciones legales afectadas, como el Real Decreto 835/1981 sobre formación profesional náutico-pesquera. 4. **Conclusión** El Real Decreto 1939/1985 formaliza la transferencia de funciones educativas náutico-pesqueras a Canarias, estableciendo un marco legal para la gestión de recursos y obligaciones. La transferencia se efectiva el 1 de enero de 1986, con un periodo de transición para garantizar la continuidad administrativa. La norma refleja el proceso de descentralización en el ámbito de la autonomía canaria. 5. **Puntos Clave** ✅ **Transferencia de funciones**: Se transfiere la gestión de enseñanzas profesionales náutico-pesqueras a Canarias, con recursos y personal asignados. ⚠️ **Periodo de transición**: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asume obligaciones durante 60 días tras la publicación del Real Decreto. 📋 **Documentación y expedientes**: La entrega de documentos se realiza en un mes, y su resolución se rige por el Real Decreto 1358/1983. ℹ️ **Anexo II**: Lista las disposiciones legales afectadas, como el Real Decreto 835/1981. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1939/1985 - **Tipo**: Decreto Real - **Fecha**: 9 de octubre de 1985 - **Materias**: Educación, Autonomía territorial, Transferencia de funciones - **Relevancia**: ALTA (afecta a la organización administrativa y educativa de Canarias) **Palabras clave**: Transferencia de funciones, Comisión Mixta, Enseñanzas profesionales náutico-pesqueras, Autonomía de Canarias, Real Decreto 1358/1983. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1939/1985, la Administración del Estado ejercía exclusivamente funciones en enseñanzas profesionales náutico-pesqueras, sin transferencias a las Comunidades Autónomas. La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Canarias permitían transferencias, pero el Real Decreto 1358/1983 estableció el procedimiento formal. Este nuevo decreto aplicó dicha norma, otorgando a Canarias control sobre estas enseñanzas, marcando un hito en la descentralización. La importancia radica en su rol como pilar de la autonomía canaria, alineándose con el modelo español de Estado de las Autonomías, y anticipando futuras transferencias en otros ámbitos, consolidando el equilibrio entre Estado y regiones. Su aprobación en 1985 reflejó la evolución hacia un sistema más flexible, aunque aún dentro del marco estatal, sin implicaciones directas de la UE.

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