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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 969/1986, de 11 de abril, por el que se crea el Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial.

BOE-A-1986-12316Publicada: 21/05/1986MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 969/1986, de 11 de abril, por el que se crea el Centro Nacional de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 969/1986 crea el Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial, con el objetivo de facilitar la integración escolar de personas con discapacidad y garantizar una atención educativa adaptada. **2. CONTEXTO** La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, estableció principios fundamentales para la educación de personas con discapacidad, como la normalización de servicios, integración escolar y individualización de la enseñanza. Posteriormente, el Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, ordenó la educación especial, definiendo la necesidad de centros específicos y la coordinación entre centros ordinarios y especializados. El Real Decreto 969/1986 se inscribe en este marco legal, buscando dar respuesta efectiva a las directrices establecidas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 969/1986, de 11 de abril, crea el **Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial**, con la finalidad de proporcionar apoyo técnico, pedagógico y científico a los centros educativos, tanto ordinarios como especializados, para garantizar una educación adaptada a las necesidades de los alumnos con discapacidad. Este centro debe actuar como un referente en la coordinación y desarrollo de los recursos necesarios para la integración escolar y la atención educativa individualizada. El Real Decreto establece que el Centro Nacional de Recursos debe establecer relaciones con los centros educativos para su correcto funcionamiento, lo que implica una colaboración activa entre el centro nacional y los centros educativos. Además, se establecen disposiciones adicionales que regulan el funcionamiento del centro, entre ellas: - **Disposición Adicional Primera**: El Real Decreto queda subordinado al cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, sobre los catálogos de supuestos de trabajo, y en el artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre relaciones de puestos de trabajo. Esto significa que el funcionamiento del Centro Nacional de Recursos debe cumplir con normas laborales vigentes. - **Disposición Adicional Segunda**: El Real Decreto puede ser modificado por orden del Ministro de Educación y Ciencia, previa cumplimentación de los trámites legales necesarios. Esto permite una adaptación flexible a las necesidades cambiantes del sistema educativo. - **Disposición Adicional Tercera**: El Real Decreto no supone incremento de gasto público y se financiará con cargo a las dotaciones presupuestarias vigentes, sin perjuicio de las aportaciones que puedan establecerse mediante convenios. Esto garantiza la sostenibilidad financiera del centro. - **Disposición Adicional Cuarta**: El Real Decreto no perjudica las facultades que correspondan a las Comunidades Autónomas con competencia plena en materia educativa, según sus estatutos de autonomía, siempre que hayan recibido los traslados de funciones y servicios acordados en los correspondientes reales decretos. Esto refleja la participación de las autonomías en la gestión de la educación especial. En cuanto a las disposiciones finales, se establece que el Ministro de Educación y Ciencia dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 969/1986 crea el Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial, con el objetivo de facilitar la integración escolar de personas con discapacidad. Este centro debe actuar como un referente técnico y pedagógico, con una estructura legal que garantiza su sostenibilidad y adaptabilidad. La norma se inscribe en un marco legal más amplio que busca garantizar una educación inclusiva y adaptada. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial**: Se establece como un organismo clave para la coordinación y desarrollo de recursos educativos. ⚠️ **Subordinación a normas laborales vigentes**: El funcionamiento del centro debe cumplir con las disposiciones sobre catálogos de supuestos de trabajo y relaciones laborales. 📋 **Flexibilidad en su modificación**: El Real Decreto puede ser modificado por orden del Ministro de Educación y Ciencia. ℹ️ **Financiación y sostenibilidad**: El centro no genera aumento de gasto público y se financia con dotaciones existentes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 969/1986 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 11 de abril de 1986 - **Materias**: Educación especial, integración escolar, discapacidad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Educación especial, integración escolar, discapacidad, recursos educativos, Centro Nacional de Recursos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 969/1986, la educación especial en España estaba regulada principalmente por la Ley 13/1982, que establecía principios generales de integración y atención a personas con discapacidad, y por el Real Decreto 334/1985, que ordenó la educación especial y definió la necesidad de centros específicos. El Real Decreto 969/1986 se inscribe en este marco, pero introduce un enfoque más estructurado y coordinado, creando un Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial. Esta norma importa porque marca un avance en la organización y profesionalización de la atención educativa a personas con discapacidad, al establecer un referente central que apoya tanto centros ordinarios como especializados, mejorando la calidad y la accesibilidad de la educación.

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