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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1164/1986, de 6 de junio, por el que se regula, de forma transitoria, la aplicación del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Investigación Científica y Técnica y su gestión.

BOE-A-1986-16579Publicada: 23/06/1986MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1164/1986, de 6 de junio, por el que se regula, de forma transitori ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1164/1986 transfiere la administración del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Investigación Científica y Técnica (FONDECYT) de la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, estableciendo medidas transitorias para garantizar su funcionamiento hasta que la estructura prevista en la Ley 13/1986 se materialice. **2. CONTEXTO** El FONDECYT fue creado por el Decreto 3199/1964, atribuyéndose su gestión a la Comisión Delegada de Gobierno de Política Científica. Posteriormente, la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica, dependiente del Ministerio de Universidades y Investigación, fue transferida al Ministerio de Educación y Ciencia. La Ley 13/1986 estableció la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología como órgano de planificación y coordinación del Plan Nacional de Investigación, con un plazo de seis meses para definir su estructura y extinguir la Comisión Asesora. El presente Real Decreto implementa esta transición. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1164/1986 regula la transferencia de la administración del FONDECYT a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, con medidas transitorias. En su **Artículo 1**, se establece que la Comisión Interministerial será la encargada de la resolución y acuerdos de financiación de convocatorias y programas en curso, así como de aquellos que se establezcan en el futuro. La gestión del FONDECYT se realizará conforme a las normas de la Ley General Presupuestaria 11/1977 y las leyes de presupuestos generales del Estado. En el **Artículo 2**, se detalla que hasta que la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial adquiera la estructura prevista en el artículo 7.2 de la Ley 13/1986, el Director General de Política Científica actuará como secretario de dicha Comisión. Este órgano será asistido por las unidades orgánicas dependientes de la Comisión Asesora y por el personal adscrito a ella hasta que las previsiones de la disposición adicional 2.1 de la Ley 13/1986 se cumplan. El Real Decreto deroga, en su **Disposición Derogatoria**, las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a su contenido, incluyendo el artículo 6 del Decreto 3199/1964. La vigencia del Real Decreto se establece en el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1164/1986 establece la transferencia de la administración del FONDECYT a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, con medidas transitorias para garantizar su funcionamiento. La derogación de normas anteriores y la vigencia inmediata reflejan una transición ordenada hacia la nueva estructura institucional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de gestión**: El FONDECYT pasa a administrarse por la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología. ⚠️ **Medidas transitorias**: Se establecen procedimientos temporales hasta que la nueva estructura se implemente. 📋 **Derogación de normas anteriores**: Se anulan disposiciones que contradigan el nuevo marco legal. ℹ️ **Vigencia inmediata**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 1164/1986. - **Tipo**: Reglamento. - **Fecha**: 6 de junio de 1986. - **Materias**: Investigación científica y técnica, gestión de fondos públicos. - **Relevancia**: ALTA (afecta a la organización institucional y financiación de la investigación). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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