Orden de 26 de febrero de 1987 por la que se da nueva redacción al artículo 2.º de la Orden de 18 de noviembre de 1985, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de febrero de 1987 por la que se da nueva redacción al artículo 2.º ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 26 de febrero de 1987 modifica la redacción del artículo 2 de la Orden de 18 de noviembre de 1985, que regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto, estableció la creación de Comisiones Asesoras de Publicaciones en los departamentos ministeriales. En cumplimiento de este decreto, se creó la Comisión Asesora en el Ministerio de Educación y Ciencia mediante la Orden de 18 de noviembre de 1985. Posteriormente, el Real Decreto 2352/1986, de 7 de noviembre, reestructuró el Ministerio de Educación y Ciencia, lo que implicó cambios sustanciales en las competencias y funciones de las direcciones generales. Por ello, fue necesario actualizar la Orden de 18 de noviembre de 1985 para adaptarla a la nueva estructura del departamento. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 26 de febrero de 1987 establece que el artículo 2 de la Orden de 18 de noviembre de 1985, que regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, queda redactado de la siguiente forma: **Artículo 2.** La composición de la Comisión Asesora de Publicaciones es la siguiente: - **Presidente:** El Subsecretario de Educación y Ciencia. - **Vicepresidente:** El Secretario General Técnico, que actuará como Presidente por delegación. - **Vocales:** Un representante, con nivel de Subdirector General, de cada una de las siguientes entidades: - La Subsecretaría de Educación y Ciencia. - La Secretaría General de Educación. - El Gabinete del Ministro. - El Gabinete del Secretario de Estado de Universidades e Investigación. - El Consejo Superior de Investigaciones Científicas. - El Consejo de Universidades. - La Dirección General de Enseñanza Superior. - La Dirección General de Investigación Científica y Técnica. - La Dirección General de Coordinación y de Alta Inspección. - La Dirección General de Programación e Inversiones. - La Dirección General de Personal y Servicios. - La Dirección General de Renovación Pedagógica. - La Dirección General de Centros Escolares. - La Dirección General de Promoción Educativa. - **Secretario:** El Jefe del Centro de Publicaciones. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. Esta norma establece una estructura clara y formal para la Comisión Asesora de Publicaciones, con una participación representativa de las diferentes áreas del Ministerio. La redacción del artículo 2 refleja una adaptación a la nueva organización del Ministerio, que fue reestructurada por el Real Decreto 2352/1986. La participación de organismos como el Consejo Superior de Investigaciones Científicas o el Consejo de Universidades refleja la importancia de la colaboración interinstitucional en la gestión de publicaciones oficiales. Además, la figura del Secretario, encabezada por el Jefe del Centro de Publicaciones, asegura la coordinación interna de las actividades editoriales. La norma no introduce cambios sustanciales en las funciones generales de la Comisión, sino que se centra en la adaptación de su composición a la nueva estructura ministerial. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1987 modifica la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia para adaptarla a la nueva estructura ministerial. La norma establece una participación representativa de las diferentes áreas del Ministerio y refuerza la coordinación interna mediante la figura del Secretario. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición:** Se actualiza la lista de vocales para reflejar la nueva estructura del Ministerio. ⚠️ **Reestructuración ministerial:** La norma surge como consecuencia de la reorganización del Ministerio de Educación y Ciencia en 1986. 📋 **Funciones de la Comisión:** La Comisión se encarga de la coordinación de la actividad editorial en el Ministerio. ℹ️ **Publicación en el BOE:** La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **6. FICHA** - **Jurisdicción:** Nacional - **Fuente:** Orden Ministerial de 26 de febrero de 1987 - **Tipo:** Orden Ministerial - **Fecha:** 26 de febrero de 1987 - **Materias:** Publicaciones oficiales, organización ministerial, coordinación editorial - **Relevancia:** ALTA - **Palabras clave:** Comisión Asesora de Publicaciones, Ministerio de Educación y Ciencia, reestructuración ministerial, coordinación editorial, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden de 1987, la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia operaba bajo una normativa establecida en 1985, sin adaptarse a las reestructuraciones ministeriales de 1986. La comparativa entre el marco estatal, las autonomías (CCAA) y la UE revela cómo las normas nacionales pueden ajustarse a cambios internos (como la reorganización ministerial) y a presiones externas (como la integración europea). Esto importa porque muestra cómo los sistemas jurídicos locales responden a transformaciones internas y a la necesidad de armonización con marcos supranacionales, afectando la coordinación entre niveles de gobierno y la eficacia de la regulación pública.