Orden de 6 de mayo de 1987 por la que se modifica la denominación del Centro Nacional de Ingeniería Genética y Biotecnología.
¿Qué dice esta ley?
**Cambio de nombre para un centro de investigación** Esta orden ministerial modifica la denominación del Centro Nacional de Ingeniería Genética y Biotecnología. Anteriormente, este centro fue creado en 1985 dentro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). El cambio se realiza para alinear el nombre del centro con la terminología internacional y la utilizada por la comunidad científica en el ámbito de la biotecnología. Se busca una denominación más acorde con las actividades que se desarrollan y la percepción global del campo. La nueva denominación, que será simplemente Centro Nacional de Biotecnología, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este cambio es puramente nominal y no afecta a la estructura ni a las funciones del centro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 6 de mayo de 1987 modifica la denominación del Centro Nacional de Ingeniería Genética y Biotecnología, creado en 1985. El cambio responde a la necesidad de adecuar el nombre a la terminología internacional y científica actual en el campo de la biotecnología. España, en aquel momento, buscaba consolidar sus estructuras de investigación. Esta modificación, de ámbito nacional, no tiene parangón directo con normativas de otras comunidades autónomas o de la Unión Europea en ese año específico, ya que se trata de una cuestión de nomenclatura interna. La decisión, aprobada por el Ministerio de Educación y Ciencia, es relevante para la identificación y proyección del centro en el panorama científico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────