Ley 4/1987, de 18 de marzo, de suplemento de crédito para la transferencia de capital a la Universidad de las Islas Baleares (número 4640).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Ley 4/1987, de 18 de marzo, de suplemento de crédito para la transferencia de ca ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 4/1987, de 18 de marzo, aprueba un suplemento de crédito para la transferencia de capital a la Universidad de las Islas Baleares, destinado a financiar la adquisición de terrenos para equipamiento universitario. **2. CONTEXTO** La Ley 2/1986, de 28 de febrero, ya establecía un crédito extraordinario para la Universidad, como parte de la política de potenciación educativa de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La adquisición de terrenos en Palma de Mallorca, delimitados en el Plan General de Ordenación Urbana, requirió un aumento de recursos. La Ley 4/1987 extiende este apoyo financiero con un suplemento de 454 millones de pesetas, permitiendo alcanzar los objetivos de desarrollo universitario. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 4/1987 modifica y complementa la Ley 2/1986, incorporando un suplemento de crédito de 454 millones de pesetas (art. 1). Este monto se incluye en la partida presupuestaria 11.05.01-7110, "Transferencias de capital a la Universidad de las Islas Baleares", y se aprueba mediante la prorroga de los presupuestos generales de 1986 a 1987 (art. 1). La financiación del suplemento se realiza mediante una operación de crédito a largo plazo (art. 2, apartado 1), autorizando al gobierno a concertar dicha operación y definir sus características (art. 2, apartado 2). El artículo 3 establece que el suplemento de crédito se aplica bajo los términos de los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 2/1986, sustituyendo el término "crédito extraordinario" por "suplemento de crédito". Esto refleja una evolución en la denominación y enfoque de la financiación. La disposición final indica que la ley entra en vigor el día de su publicación en el *Butlleti Oficial de la Comunitat Autonòmica de les Illes Balears* (art. 4). La norma se basa en el marco legal de la Ley 11/1977, de 4 de marzo, General Presupuestaria (art. 73), y en el artículo 46 de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma, que regula la incorporación de créditos a los presupuestos generales. La Ley 4/1987 refleja la prioridad del gobierno autonómico en la inversión en educación, alineada con la política de desarrollo territorial y urbano. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 4/1987 amplía el apoyo financiero a la Universidad de las Islas Baleares mediante un suplemento de crédito, permitiendo la adquisición de terrenos para equipamiento universitario. Su entrada en vigor refuerza la inversión en educación como eje de desarrollo regional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Suplemento de crédito**: 454 millones de pesetas para la Universidad. ⚠️ **Financiación a largo plazo**: Operación de crédito autorizada por el gobierno. 📋 **Modificación de términos**: Sustitución de "crédito extraordinario" por "suplemento de crédito". ℹ️ **Conexión con plan urbano**: Adquisición de terrenos en Palma de Mallorca. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. - **Fuente**: *Butlleti Oficial de la Comunitat Autonòmica de les Illes Balears*, número 40, de 31 de marzo de 1987. - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional. - **Fecha**: 18 de marzo de 1987. - **Materias**: Educación, financiación pública, urbanismo, presupuestos. - **Relevancia**: ALTA (refuerza la inversión en educación y desarrollo territorial). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Ley 4/1987, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ya había establecido en 1986 un crédito extraordinario para la Universidad, como parte de su política educativa. Sin embargo, este monto no alcanzaba para financiar la adquisición de terrenos en Palma de Mallorca, necesarios para su desarrollo. La Ley 4/1987 amplía este apoyo con un suplemento de 454 millones de pesetas, integrado en el marco estatal de presupuestos generales. Aunque la UE no regulaba directamente esta transferencia, la norma refleja la alineación de la CCAA con políticas estatales y la necesidad de recursos para proyectos universitarios, destacando la importancia de la financiación regional en el contexto de la autonomía educativa y el desarrollo local.