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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 24 de junio de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado.

BOE-A-1987-15730Publicada: 08/07/1987MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Pequeñas correcciones en un reglamento educativo antiguo** Se trata de una orden ministerial que corrige errores tipográficos y de redacción detectados en un reglamento que regula el funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. Este consejo es un órgano consultivo y asesor en materia educativa. Los cambios son muy específicos y se refieren a la corrección de palabras mal escritas o gramaticalmente incorrectas dentro del texto original del reglamento. Por ejemplo, se corrige "la determinación" por "la terminación", "las ponenicas" por "las ponencias", o "Asismismo" por "Asimismo". Esta corrección de erratas se publicó el 8 de julio de 1987. Los cambios son de carácter formal y no alteran el contenido sustancial de las normas que regulan el funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 24 de junio de 1987 aprobó el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado, un órgano consultivo en materia educativa. El presente documento, publicado el 8 de julio de 1987, es una corrección de erratas de dicha Orden, subsanando errores tipográficos y de redacción detectados tras su publicación inicial. Estas correcciones son de carácter formal y no modifican el fondo del reglamento. A diferencia de normativas más recientes o de otras comunidades autónomas, este tipo de correcciones puntuales eran comunes en la publicación de disposiciones normativas para asegurar su correcta aplicación y evitar ambigüedades. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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