Orden de 22 de junio de 1987, modificatoria del artículo 2.º, de la de 25 de noviembre de 1985, por la que el Ministerio de Educación y Ciencia asume la elaboración de las estadísticas correspondientes a las enseñanzas no universitarias.
¿Qué dice esta ley?
**Actualización en la gestión de estadísticas educativas** Esta orden ministerial de 1987 modifica una anterior de 1985 para ajustar la forma en que el Ministerio de Educación y Ciencia recopila y gestiona los datos estadísticos de las enseñanzas no universitarias. El objetivo es asegurar que la información sea precisa y útil para la toma de decisiones en el ámbito educativo. Lo que cambia concretamente es la composición de la comisión encargada de coordinar y supervisar estas estadísticas. Se actualiza para reflejar la nueva estructura del Ministerio, garantizando que los miembros sean los adecuados para sus funciones. Esta comisión es clave para definir qué datos se recogen, cómo se recogen y cómo se presentan. La orden entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, aunque la fecha exacta de aplicación no se detalla en el extracto, se refiere a la modificación de una norma previa que ya estaba en vigor. Su propósito es mantener al día el sistema de información educativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden, la recopilación de estadísticas educativas no universitarias ya estaba centralizada en el Ministerio de Educación y Ciencia desde 1985. Sin embargo, la estructura organizativa del Ministerio sufrió cambios, haciendo necesaria una actualización de la comisión encargada de estas tareas. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios sistemas de recopilación, esta orden se centra en el ámbito nacional y en la coordinación con el Instituto Nacional de Estadística. La aprobación de esta modificación por parte del Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministro para las Administraciones Públicas subraya la importancia de una gestión estadística coherente y eficiente para el seguimiento y la planificación de las políticas educativas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────