Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Orden de 10 de febrero de 1988 por la que se desarrolla la disposición final tercera, 2, del Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista.

BOE-A-1988-3799Publicada: 15/02/1988MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Cambio de título para médicos especialistas en Electrorradiología** Esta orden permite que los médicos que ya son especialistas en Electrorradiología puedan obtener un nuevo título en Medicina Nuclear, Radiodiagnóstico u Oncología Radioterápica. Esto es posible si acreditan haber realizado la actividad profesional correspondiente a estas nuevas especialidades. Concretamente, los médicos que cumplan los requisitos podrán sustituir su título de Electrorradiología por uno de los tres mencionados. Deberán presentar una solicitud, una certificación de su actividad profesional, su título original de Electrorradiología y una declaración jurada de no poseer ya ninguno de los títulos a los que aspiran. Esta normativa entra en vigor el 15 de febrero de 1988, fecha de su publicación. Su objetivo es facilitar la adaptación de los profesionales a las nuevas especialidades médicas existentes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa actual, de 1988, surge para dar cumplimiento a una disposición de 1984 que permitía a los especialistas en Electrorradiología obtener títulos en otras especialidades médicas como Medicina Nuclear, Radiodiagnóstico u Oncología Radioterápica. Antes de esta orden, la obtención de títulos de especialista estaba más rígidamente definida. A diferencia de otros países o de normativas posteriores en España, esta orden establece un procedimiento específico para la sustitución de títulos, no para la obtención de nuevas especialidades desde cero. Es importante porque facilita la movilidad y el reconocimiento de la experiencia profesional de los médicos en un campo en evolución, evitando la necesidad de repetir formaciones completas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →