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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de marzo de 1988 por la que se modifica la de 10 de marzo de 1988, sobre procedimiento de admisión de alumnos en los Centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso 1988/89.

BOE-A-1988-7849Publicada: 25/03/1988MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Corrección en el proceso de admisión escolar para el curso 1988/89** Esta orden ministerial aclara un detalle en las normas que rigen cómo se admiten los alumnos en colegios y institutos públicos para el curso académico 1988/89. Se trata de una modificación a una orden anterior publicada el 12 de marzo de 1988. Lo que cambia es muy concreto: se especifica que la corrección afecta a los párrafos primero y segundo del punto sexto de la norma original. Es decir, se ajusta la redacción para que quede claro qué partes exactas de las reglas de admisión se modifican, asegurando que no haya dudas sobre el procedimiento. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los cambios se aplican de forma inmediata una vez que se hace pública la corrección. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1988 es una corrección técnica a un procedimiento ya establecido para la admisión de alumnos en centros públicos. En aquel momento, la normativa educativa estaba en proceso de consolidación tras la LOGSE. A diferencia de normativas más recientes que pueden tener un carácter más amplio o afectar a competencias autonómicas, esta se centra en un detalle procedimental específico para un curso concreto. Su importancia radica en la necesidad de claridad y precisión en los procesos administrativos, evitando interpretaciones erróneas que pudieran afectar a las familias y a los propios centros educativos en el proceso de escolarización. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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