Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 19 de enero de 1989 por la que se modifica la disposición transitoria, punto 1, de la Orden de 30 de noviembre de 1988, por la que se crean y regulan los Consejos Escolares de ámbito nacional en determinados países.

BOE-A-1989-1827Publicada: 25/01/1989MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Se ajustan los plazos para formar Consejos Escolares en el extranjero** Esta orden ministerial modifica una disposición anterior que establecía un plazo de menos de tres meses para que los diferentes grupos de la comunidad escolar española en el extranjero designaran a sus representantes en los Consejos Escolares de ámbito nacional. Estos consejos son órganos de participación que buscan involucrar a todos los sectores de la comunidad educativa. Lo que cambia concretamente es que, debido a problemas técnicos surgidos durante el proceso de constitución de estos consejos, se hace necesario modificar los plazos iniciales. La nueva redacción permite que el Secretario de Estado de Educación dicte las instrucciones necesarias sobre el tiempo y la forma en que se elegirán a los representantes, así como el plazo para proponer a otros vocales, siempre que cumplan los requisitos. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los ajustes en los plazos se aplicarán de forma inmediata tras su publicación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 30 de noviembre de 1988 creó y reguló los Consejos Escolares de ámbito nacional en determinados países, estableciendo un plazo inicial de tres meses para la designación de representantes. Sin embargo, la Orden de 19 de enero de 1989 modifica esta disposición transitoria debido a problemas técnicos. A diferencia de otras normativas que podrían tener plazos más flexibles o procesos de designación distintos, esta orden se centra en ajustar un procedimiento específico. Fue aprobada por el Ministerio de Educación, con acuerdo del Ministerio de Asuntos Exteriores y aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas. Su importancia radica en garantizar el correcto funcionamiento y la representatividad de estos órganos de participación educativa en el extranjero. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →