Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, para la aplicación de lo dispuesto en las Ordenes de 8 de julio de 1988 y 24 de diciembre de 1988 en materia de títulos universitarios oficiales.

BOE-A-1989-16992Publicada: 18/07/1989MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en la información de los títulos universitarios** Esta resolución establece cómo deben aparecer los datos en los títulos universitarios oficiales. El objetivo es unificar y clarificar la información que se incluye en ellos, tanto en la parte delantera como en la trasera del documento. Concretamente, se indica que las denominaciones generales de los títulos irán en el anverso (la cara principal), mientras que las especialidades o áreas específicas deberán figurar en el reverso. Sin embargo, hay excepciones para títulos como los de Licenciado en Filosofía y Letras o Ciencias, y para Ingenieros Técnicos o Arquitectos Técnicos, donde la especialidad sí se incluirá en el anverso. Esta normativa entró en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 18 de julio de 1989, y buscaba estandarizar la expedición de títulos universitarios en todo el territorio nacional según las normativas de la época. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta resolución de 1989 surge para aplicar normativas previas sobre la expedición de títulos universitarios oficiales en España. Antes de esta orden, la información en los títulos podía variar, lo que generaba cierta confusión. La normativa buscaba unificar la forma en que se presentaban las denominaciones genéricas y las especialidades, diferenciando lo que iba en el anverso y el reverso del título. A diferencia de otras CCAA o la UE, donde los sistemas de titulación universitaria han evolucionado de manera distinta, esta orden se centraba en la estandarización nacional. Fue aprobada por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, y su importancia radica en establecer un criterio uniforme para la acreditación académica oficial de los estudios universitarios en España en ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →