Real Decreto 1648/1990, de 20 de diciembre, por el que se da nueva redacción al artículo 2.º de los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, aprobados por Decreto 314/1970, de 29 de enero.
¿Qué dice esta ley?
**Más académicos para la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas** Este Real Decreto modifica los estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Su objetivo principal es aumentar el número de académicos numerarios para que la institución pueda cumplir mejor sus fines y adaptarse a la evolución actual de las ciencias morales y políticas. Lo que cambia concretamente es la composición de la Academia. Se eleva el número de Académicos de número de nacionalidad española a cuarenta. También se mantiene la figura de los Académicos Supernumerarios, los Correspondientes españoles (que residen fuera de Madrid) y los Honorarios y Correspondientes extranjeros. Este Real Decreto entró en vigor el mismo día de su aprobación, el 20 de diciembre de 1990, y fue publicado posteriormente para su conocimiento general. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Anteriormente, los estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, aprobados en 1970, establecían una composición diferente. Este Real Decreto de 1990, de ámbito nacional, responde a la necesidad de adaptar la estructura de la Academia a las circunstancias contemporáneas, incrementando el número de sus miembros numerarios. No se trata de una normativa con impacto directo en la ciudadanía general, sino de una reforma interna de una institución consultiva y de estudio. La modificación fue aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia, con el visto bueno del Instituto de España, y su importancia radica en la actualización de una institución histórica en el ámbito de las ciencias sociales y políticas en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────