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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1425/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél.

BOE-A-1991-24674Publicada: 10/10/1991MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Se define la titulación oficial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos** Este Real Decreto establece las bases y directrices para obtener el título oficial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos en España. Su objetivo es unificar y homologar los estudios universitarios relacionados con esta ingeniería en todo el territorio nacional, asegurando que todos los titulados posean una formación comparable y reconocida. Concretamente, el decreto fija los contenidos y la estructura general de los planes de estudio que las universidades deben seguir para impartir esta titulación. Esto significa que los futuros ingenieros cursarán asignaturas y adquirirán conocimientos estandarizados, garantizando así la calidad y la equivalencia de la formación recibida independientemente de la universidad. El Real Decreto fue aprobado el 30 de agosto de 1991. Sin embargo, las universidades tenían un plazo de tres años desde su publicación para adaptar sus planes de estudio. Por lo tanto, su entrada en vigor completa y la aplicación de los nuevos planes se materializaron progresivamente a partir de esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos no contaba con unas directrices generales propias y unificadas a nivel nacional. El Real Decreto 1497/1987 ya establecía directrices comunes para todos los títulos universitarios oficiales. Este nuevo decreto, en desarrollo de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, concreta las directrices específicas para esta ingeniería, buscando homogeneidad con otros títulos y asegurando la coherencia del sistema universitario español. Su aprobación por el Gobierno central es fundamental para garantizar la validez y el reconocimiento de la titulación en todo el país, facilitando la movilidad profesional y académica de los ingenieros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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