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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de agosto de 1992, por la que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 1992-1993.

BOE-A-1992-18828Publicada: 07/08/1992MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Precios de las matrículas universitarias para 1992-1993** Esta orden ministerial establece cuánto debían pagar los estudiantes por matricularse en las universidades públicas dependientes del Estado para el curso académico 1992-1993. La cantidad a pagar dependía del tipo de estudios que se cursaran. Concretamente, se distinguían dos grupos de enseñanzas. El primer grupo incluía las carreras cuyos planes de estudio habían sido aprobados por las universidades y homologados por el Consejo de Universidades, siguiendo directrices generales. El segundo grupo abarcaba las enseñanzas que no cumplían estos requisitos o que eran consideradas más experimentales. La orden se publicó el 7 de agosto de 1992, y los precios fijados eran para el curso académico que comenzaba ese mismo año, 1992-1993. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la fijación de las tasas académicas universitarias se regía por la Ley Orgánica de Reforma Universitaria de 1983 y la Ley de Tasas y Precios Públicos de 1989. Estas normativas permitían que las Comunidades Autónomas o la Administración Central establecieran los precios, distinguiendo entre tasas y precios públicos. La presente orden ministerial, de ámbito nacional, detalla la aplicación de estos principios para el curso 1992-1993, diferenciando los precios según el grado de experimentalidad de los estudios. Esta distinción es relevante porque influye en los costes universitarios y, por ende, en la subvención pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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