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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de diciembre de 1992 por la que se establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así como los complementos de formación con los que se puede acceder a las enseñanzas de segundo ciclo conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Antropología Social y Cultural.

BOE-A-1993-832Publicada: 13/01/1993MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Cómo acceder a Antropología Social y Cultural** Esta orden ministerial establece qué estudios previos necesitas haber cursado para poder empezar el segundo ciclo de la carrera de Antropología Social y Cultural y obtener el título oficial de Licenciado. El objetivo es definir claramente las vías de acceso a esta especialización universitaria. Concretamente, si ya tienes un título de primer ciclo de carreras como Bellas Artes, Filosofía, Economía, Derecho, Sociología, Psicología, Historia, Geografía, Humanidades, Periodismo, Comunicación Audiovisual o Publicidad, podrás acceder directamente. También podrán hacerlo quienes tengan títulos de Diplomatura como Maestro, Enfermería, Trabajo Social o Educación Social. Esta orden entró en vigor el 13 de enero de 1993, fijando las condiciones para el acceso a esta licenciatura en Antropología Social y Cultural. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1992, la normativa que establecía el título oficial de Licenciado en Antropología Social y Cultural (Real Decreto 1380/1991) ya preveía la necesidad de concretar los estudios previos y complementos de formación para acceder a su segundo ciclo. Esta norma nacional da cumplimiento a dicho real decreto, definiendo las titulaciones de primer ciclo que permiten el acceso directo. A diferencia de normativas más recientes que podrían ser autonómicas o europeas, esta es una disposición estatal que buscaba estandarizar el acceso a esta disciplina en todas las universidades españolas, garantizando una base formativa común para los futuros antropólogos sociales y culturales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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