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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de enero de 1994 por la que se dictan normas sobre la prórroga y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 1994/1995.

BOE-A-1994-256Publicada: 05/01/1994MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para colegios concertados en 1994/1995** Esta orden establece cómo los colegios que reciben financiación pública (conciertos educativos) pueden pedir que sus acuerdos se renueven o cambien para el curso escolar 1994/1995. Se dirige a centros que tienen una autorización provisional o excepcional y buscan continuar recibiendo fondos del Estado. Concretamente, los colegios podrán solicitar la prórroga de su concierto por un año más si cubren necesidades urgentes de escolarización que no se pueden atender de otra forma. También se abre la puerta a modificar el número de clases concertadas, especialmente para el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, gracias a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1994. Los centros interesados en prorrogar o modificar sus conciertos educativos deberán presentar sus solicitudes durante el mes de enero de 1994. La orden detalla los procedimientos y las condiciones específicas que deben cumplirse para que estas solicitudes sean aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta orden ministerial de enero de 1994 regula la prórroga y modificación de los conciertos educativos para el curso 1994/1995, basándose en normativas previas como el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos de 1985 y la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Establece los cauces para que centros con autorización provisional o excepcional puedan continuar recibiendo financiación pública, siempre que cumplan requisitos como la atención a necesidades de escolarización o la adaptación a nuevas etapas educativas como la ESO. La normativa busca garantizar la continuidad y adecuación de la oferta educativa concertada, un modelo que coexiste con la educación pública y privada en España, y que ha sido objeto de diversas regulaciones a lo largo del tiempo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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