Orden de 10 de diciembre de 1993 por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero en Geodesia y Cartografía.
¿Qué dice esta ley?
**Cómo acceder a la carrera de Ingeniero en Geodesia y Cartografía** Esta orden ministerial de 1993 establece los requisitos académicos necesarios para poder cursar los estudios de segundo ciclo que conducen al título oficial de Ingeniero en Geodesia y Cartografía. Su objetivo es definir claramente qué titulaciones y estudios previos permiten el acceso a esta especialización, garantizando así un nivel de formación adecuado para los futuros profesionales. Concretamente, la norma indica que los Ingenieros Técnicos en Topografía pueden acceder directamente sin necesidad de formación adicional. Por otro lado, quienes hayan completado el primer ciclo de la Licenciatura en Geografía deberán cursar entre 21 y 27 créditos en materias como Fundamentos de Geología, Física y Matemáticas, según determine cada universidad. Esta orden entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, estableciendo las bases para la formación de ingenieros en este campo específico. Las universidades tienen la potestad de adaptar la distribución de créditos dentro de las materias mencionadas para facilitar la incorporación de los estudiantes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1993, la normativa que establecía el título oficial de Ingeniero en Geodesia y Cartografía (Real Decreto 920/1992) requería que el Ministerio de Educación y Ciencia concretara las titulaciones y estudios de acceso. Esta orden ministerial cumple esa función, definiendo las vías de acceso para quienes ya poseían una formación técnica o universitaria previa. A diferencia de normativas más recientes que podrían armonizarse con directivas europeas, esta regulación es puramente nacional. Fue aprobada por el Ministerio de Educación y Ciencia y su importancia radica en establecer un marco claro y específico para la formación de profesionales en un campo técnico esencial para la planificación territorial y la gestión de recursos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────