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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de diciembre de 1993 por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Ciencias del Mar.

BOE-A-1993-30794Publicada: 27/12/1993MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Requisitos para estudiar Ciencias del Mar** Esta orden ministerial establece qué estudios previos necesitas para poder acceder a la carrera de Licenciado en Ciencias del Mar. Si ya estás cursando el primer ciclo de esta carrera, puedes continuar. Si has terminado el primer ciclo de Biología, Física, Química o Geología, deberás cursar 45 créditos adicionales en materias relacionadas con el mar para poder acceder al segundo ciclo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden Ministerial de 1993 concreta los requisitos de acceso a la Licenciatura en Ciencias del Mar, estableciendo que quienes hayan completado el primer ciclo de carreras afines como Biología o Química, deberán cursar 45 créditos adicionales en materias marinas. Esto se hizo para dar cumplimiento a un Real Decreto anterior que buscaba definir las titulaciones y estudios necesarios. En aquel momento, no existían normativas comparables a nivel autonómico o europeo que unificaran estos criterios para esta titulación específica, siendo una iniciativa pionera a nivel nacional para asegurar una formación adecuada en un campo de estudio emergente y de gran importancia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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