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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de junio de 1995 por la que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 1995-1996.

BOE-A-1995-15881Publicada: 30/06/1995MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Precios de matrícula universitaria para el curso 1995-1996** Esta orden ministerial establece las cantidades que los estudiantes deberán pagar por matricularse en las universidades públicas para el curso académico 1995-1996. Afecta a aquellos alumnos cuyas comunidades autónomas aún no tienen competencias plenas en educación superior y, por tanto, dependen de la Administración General del Estado para fijar estas tasas. Concretamente, se mantienen los criterios del año anterior para determinar los precios. Estos criterios se basan en si los estudios conducen a títulos oficiales aprobados y homologados, y en el grado de experimentalidad de las enseñanzas. También se diferencia el precio según sea la primera, segunda o sucesivas matrículas. La orden entró en vigor para el curso académico 1995-1996, es decir, a partir de septiembre de 1995, y su objetivo era definir los costes de la educación superior pública en un momento de transición competencial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la fijación de las tasas académicas universitarias dependía de si las Comunidades Autónomas habían asumido competencias en educación superior. Las universidades en CCAA sin estas competencias veían sus tasas fijadas por el Estado, mientras que otras podían tener mayor autonomía. Esta norma, de ámbito nacional, se enmarca en la Ley Orgánica de Reforma Universitaria y la Ley de Tasas y Precios Públicos, y es relevante porque define el coste de la educación superior pública en un momento en que la transferencia de competencias educativas a las autonomías estaba en proceso, afectando a un grupo específico de universidades y ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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