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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de agosto de 1995 por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho de los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos.

BOE-A-1995-21072Publicada: 20/09/1995MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Garantía de evaluación objetiva para estudiantes** Esta orden ministerial establece el procedimiento para asegurar que la evaluación del rendimiento de los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato se realice basándose en criterios claros y objetivos. Su objetivo es proteger el derecho de los estudiantes a ser valorados de forma justa y transparente, tal como lo recoge la ley educativa. Lo que cambia concretamente es que se definen las normas para que los centros educativos detallen en sus proyectos curriculares cómo se evaluará a los alumnos. Esto incluye los criterios, las estrategias y los instrumentos que se utilizarán, así como la participación del alumnado en este proceso. También se establecen los momentos y el número de sesiones de evaluación, y los criterios para decidir la promoción o titulación. Esta orden entró en vigor el 20 de septiembre de 1995, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y su aplicación es a nivel nacional para los niveles educativos mencionados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la Ley Orgánica del Derecho a la Educación ya consagraba el derecho a una evaluación objetiva, pero faltaba un procedimiento claro para garantizarlo. Normativas posteriores detallaron los currículos y la organización de los institutos, incluyendo la evaluación en los proyectos curriculares. Esta orden ministerial de 1995 viene a concretar cómo deben los centros educativos plasmar y aplicar esos criterios de objetividad, asegurando que las decisiones sobre el rendimiento y la promoción del alumnado se basen en directrices compartidas y asumidas por el profesorado. Su importancia radica en dotar de un marco normativo específico para hacer efectivo un derecho fundamental del estudiante en el sistema educativo español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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