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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 21 de febrero de 1996 sobre la evaluación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

BOE-A-1996-4578Publicada: 29/02/1996MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Evaluación de colegios públicos para mejorar la enseñanza** Esta orden ministerial establece la obligatoriedad de evaluar los centros educativos que reciben financiación pública. El objetivo principal es asegurar que la enseñanza se adapte a las necesidades de los alumnos y a las demandas de la sociedad, buscando una mejora continua de la calidad educativa en todos los niveles. Lo que cambia concretamente es que se definen los procedimientos y los elementos que deben tenerse en cuenta en esta evaluación. Los colegios deberán elaborar planes para valorar su propia práctica docente y el proyecto curricular, informando a la comunidad educativa sobre sus objetivos y cómo piensan alcanzarlos. Esta orden entró en vigor el 29 de febrero de 1996, basándose en leyes educativas anteriores como la LOGSE y la LOPEG, que ya sentaban las bases para la evaluación del sistema educativo y la autonomía de los centros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1996 se enmarca en un esfuerzo legislativo por mejorar la calidad educativa en España, impulsado por la LOGSE y la LOPEG. Previamente, la evaluación de centros era menos sistemática. A diferencia de otras comunidades autónomas que podrían haber desarrollado normativas más específicas, esta orden establece un marco nacional. La LOPEG ya diferenciaba entre la evaluación interna de los centros y una evaluación externa por parte de las administraciones. La importancia de esta norma radica en sentar las bases para un sistema de rendición de cuentas y mejora continua en la educación pública, fundamental para garantizar la equidad y la eficacia del sistema. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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