Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 87/1996, de 26 de enero, sobre ampliación de servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real Decreto 1763/1982, de 24 de julio, en materia de enseñanza.

BOE-A-1996-4521Publicada: 28/02/1996MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

**Galicia podrá expedir títulos académicos oficiales** Este Real Decreto permite que la Comunidad Autónoma de Galicia pueda emitir directamente los títulos académicos y profesionales oficiales, como los de la ESO, Bachillerato o Formación Profesional. Hasta ahora, esta competencia recaía en la Administración del Estado, pero con esta ampliación, Galicia asume plenamente la gestión educativa en su territorio. Lo que cambia concretamente es que los ciudadanos gallegos ya no tendrán que esperar a que el Estado expida sus títulos. La Comunidad Autónoma será la encargada de todo el proceso, desde la enseñanza hasta la certificación oficial de los estudios completados. Esto agilizará los trámites y acercará la administración al ciudadano. La entrada en vigor de esta medida se produce a partir de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, lo que ocurrió el 28 de febrero de 1996. Por lo tanto, desde esa fecha, Galicia tiene la potestad de expedir estos títulos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la expedición de títulos académicos oficiales en Galicia dependía de la Administración del Estado, a pesar de que el Estatuto de Autonomía ya otorgaba competencias plenas en materia de enseñanza a la Comunidad. Este cambio se produce tras la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, que permitía a las comunidades autónomas con plenas competencias emitir títulos. Galicia se suma así a otras comunidades que ya ejercían esta facultad, alineándose con el marco legal educativo nacional. La importancia radica en la consolidación de la autonomía gallega en educación y la mejora en la gestión de los trámites para sus ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →