Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2035/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos y las correspondientes enseñanzas mínimas.

BOE-A-1996-2414Publicada: 05/02/1996MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>147630 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1995, la formación profesional en España se estaba consolidando bajo la Ley Orgánica 1/1990, que facultaba al Gobierno para establecer títulos y enseñanzas mínimas tras consultar a las Comunidades Autónomas. Este Real Decreto concreta la titulación de Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos, estableciendo un marco común a nivel estatal, similar a cómo otras normativas estatales o directivas europeas buscan armonizar la formación profesional. La aprobación recae en el Gobierno central, previa consulta a las CCAA, garantizando así una base formativa uniforme en todo el territorio nacional, lo cual es crucial para el ciudadano al asegurar la equivalencia y reconocimiento de su cualificación profesional independientemente de la comunidad autónoma donde curse sus estudios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →