Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/1997, de 6 de junio, de modificación del artículo 6 de la Ley 6/1984, de 30 de noviembre, de los Consejos Sociales, de Coordinación Universitaria y de Creación de Universidades, Centros y Estudios Universitarios.

BOE-A-1997-14173Publicada: 28/06/1997COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en la duración del mandato de los Consejos Sociales Universitarios** Esta ley modifica la normativa que regula los Consejos Sociales de las universidades, que son órganos de participación de la sociedad en la universidad. Concretamente, establece que el tiempo que los representantes sociales pueden estar en estos consejos será de cuatro años. Lo que cambia es que se fija un límite temporal para el cargo de estos representantes. Anteriormente, la duración podía ser diferente o no estar tan claramente definida. Además, se especifican las causas por las que un miembro puede dejar de formar parte del Consejo Social, como el fallecimiento, la renuncia o incompatibilidades. Esta ley entró en vigor el 28 de junio de 1997, fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Los representantes que ya estaban elegidos tuvieron que ser sustituidos en el plazo de un mes para adaptarse a esta nueva regulación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la duración de los mandatos de los representantes sociales en los Consejos Sociales universitarios no estaba tan claramente definida, lo que podía generar incertidumbre. La Ley 5/1997, aprobada por el Parlamento de Canarias, introduce una duración fija de cuatro años para estos cargos, buscando mayor estabilidad y previsibilidad en la composición de estos órganos. Esta medida se alinea con prácticas de otras comunidades autónomas y con la tendencia general de establecer plazos determinados para los cargos representativos en instituciones públicas. La aprobación de esta ley es relevante porque afecta directamente a la gobernanza y a la participación social en las universidades canarias, garantizando una renovación periódica de sus representantes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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