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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1142/1997, de 11 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Elaboración de Aceites y Jugos.

BOE-A-1997-19356Publicada: 04/09/1997MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

¿Qué dice esta ley?

**Formación Profesional para Técnicos en Aceites y Jugos** Este Real Decreto establece el plan de estudios oficial para obtener el título de Técnico en Elaboración de Aceites y Jugos. Define qué se debe enseñar y cómo se debe organizar la formación profesional en este sector específico. Concretamente, fija las enseñanzas mínimas que todos los centros educativos deben impartir para formar a estos técnicos. Esto incluye los objetivos, los contenidos y la estructura de los módulos formativos, asegurando una base común para la cualificación profesional en la elaboración de aceites y jugos. Este Real Decreto entró en vigor el 4 de septiembre de 1997, estableciendo las bases para la formación de profesionales en esta área desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la formación profesional en España se estaba reestructurando bajo la Ley Orgánica 1/1990. Este Real Decreto 1142/1997 es un desarrollo específico que concreta las enseñanzas mínimas para el título de Técnico en Elaboración de Aceites y Jugos, a nivel nacional. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que desarrollan sus propios currículos, el Gobierno central establece aquí los aspectos básicos. Su importancia radica en garantizar una formación homogénea y de calidad en un sector productivo relevante, permitiendo a los futuros técnicos adquirir las competencias necesarias para el mercado laboral. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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