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Ley 4/2006, de 30 de marzo, de educación y formación permanentes de personas adultas de las Illes Balears.

BOE-A-2006-8354Publicada: 12/05/2006Comunidad Autónoma de las Illes Balears

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 4/2006, la educación de personas adultas en las Illes Balears se regía por el marco general establecido por las leyes orgánicas estatales, como la LOE de 1990 y la LOCE de 2002, que ya consagraban la educación permanente y la necesidad de facilitar el acceso de los adultos a la formación. Si bien otras comunidades autónomas también han desarrollado normativas específicas en esta materia, la ley balear profundiza en la materia, aprobada por el Parlamento autonómico y con el aval del Consejo Escolar de las Illes Balears. Esta especificidad es crucial para el ciudadano, ya que permite adaptar la oferta formativa a las necesidades concretas del archipiélago, garantizando una educación más accesible y pertinente para el desarrollo personal y profesional de sus residentes, especialmente para aquellos que no completaron la enseñanza básica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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