Orden MinisterialNacionalvigente

Orden AEC/1811/2014, de 3 de octubre, por la que se establece la composición de la plantilla de la Carrera Diplomática y su distribución en las diferentes categorías diplomáticas.

BOE-A-2014-10168Publicada: 07/10/2014MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Asuntos Exteriores que determina cómo se distribuyen los funcionarios de la Carrera Diplomática entre sus ocho categorías. Actualiza las normas anteriores de 2005 para adaptarse a los cambios en el número de diplomáticos y las nuevas reglas de permanencia en el servicio. **¿A quién afecta?** Afecta a los funcionarios de la Carrera Diplomática española: Embajadores, Ministros plenipotenciarios (de primera, segunda y tercera clase), Consejeros de Embajada y Secretarios de Embajada (de primera, segunda y tercera clase). **¿Qué cambia o establece?** Establece que el total de diplomáticos se distribuyeá así: 3% Embajadores, 9% Ministros de primera clase, 11% de segunda clase, 20% de tercera clase, 20% Consejeros, 20% Secretarios de primera clase, 11% de segunda clase y 6% de tercera clase. Deroga la orden anterior de 2005 y entra en vigor el día siguiente de su publicación.

💬 Contexto ciudadano

La Orden AEC/1811/2014 actualiza el marco de 2005 para la distribución de la Carrera Diplomática española, adaptándose a la contracción de efectivos y nuevas reglas de permanencia en servicio tras la crisis financiera. A diferencia de las carreras diplomáticas de otros países europeos (Francia, Alemania), que experimentaron reformas similares entre 2008 y 2012, España centralizó esta función en norma estatal única, sin intervención autonómica. La orden ha sido aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores conforme a sus competencias constitucionales, sin equivalentes en directivas UE que regulan diplomacia bilateral. Para el ciudadano, importa porque determina la capacidad operativa de embajadas y consulados —la distribución porcentual afecta la cobertura consular, atención a españoles en el extranjero y eficiencia en gestión de visados—, impactando indirectamente en movilidad e intereses españoles en relaciones internacionales y protección diplomática.

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