Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 8/1989, de 6 de octubre, que sustituye el artículo 3 de la Ley 6/85, de 27 de Junio, por la que se crea y regula el Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.

BOE-A-2012-3407Publicada: 10/03/2012COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en la elección de miembros del Consejo Social de la UPV/EHU** Esta ley modifica la forma en que se eligen los miembros del Consejo Social de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea. El Consejo Social es un órgano clave para que la sociedad vasca participe en la universidad. El principal cambio es que se eliminan los requisitos de mayoría que hasta ahora impedían la constitución efectiva de este Consejo. La ley busca facilitar que los órganos universitarios puedan formarse y cumplir sus funciones, garantizando así la participación ciudadana. La ley fue aprobada por el Parlamento Vasco y entró en vigor tras su publicación oficial. Su objetivo es asegurar que el Consejo Social pueda operar y representar adecuadamente los intereses de la sociedad vasca en la universidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la Ley 6/1985 creaba el Consejo Social de la UPV/EHU, pero los requisitos de mayoría para elegir a sus miembros impedían su constitución. Esta modificación, aprobada por el Parlamento Vasco, busca subsanar esa dificultad. A diferencia de otras comunidades autónomas o de la normativa europea, donde la composición y elección de órganos universitarios pueden variar, esta ley es específica para la UPV/EHU. Su importancia radica en garantizar que un órgano fundamental para la participación social en la universidad pueda finalmente ejercer sus funciones y cumplir su propósito. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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