Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECD/351/2014, de 5 de marzo, por la que se establece el currículo de los ciclos inicial y final de grado medio correspondiente al título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal.

BOE-A-2014-2653Publicada: 12/03/2014MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 2014, la regulación de las enseñanzas deportivas de grado medio, como la de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal, se basaba en el Real Decreto 706/2011, que establecía las enseñanzas mínimas y requisitos de acceso. Esta normativa estatal, a su vez, se fundamentaba en el Real Decreto 1363/2007, que ordenaba las enseñanzas deportivas de régimen especial a nivel nacional, reconociendo las modalidades deportivas. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener competencias para desarrollar currículos más detallados, esta Orden Ministerial, aprobada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, establece el currículo específico a nivel estatal, asegurando una formación común y la validez de los títulos en todo el territorio. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial porque garantiza que la formación recibida en Judo y Defensa Personal tenga los mismos estándares y objetivos básicos independientemente de dónde se curse, facilitando la movilidad profesional y el reconocimiento de sus cualificaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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