Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECD/1111/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las características y la organización del nivel básico de las enseñanzas de régimen especial de español como lengua extranjera de las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla y se establece el currículo correspondiente.

BOE-A-2014-6855Publicada: 01/07/2014MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial, la Ley Orgánica de Educación de 2006 y el Real Decreto de 2006 ya establecían la estructura de los niveles de enseñanza de idiomas de régimen especial y fijaban los aspectos básicos del currículo, permitiendo a las administraciones educativas determinar las características del nivel básico. Normativas anteriores, como la Orden ECI/1457/2007, ya habían regulado el nivel básico para otros idiomas en Ceuta y Melilla, y otras órdenes posteriores habían abordado niveles intermedios y avanzados, e incluso la implantación de alemán. Esta Orden, aprobada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se diferencia de otras normativas autonómicas al centrarse específicamente en el español como lengua extranjera en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y Melilla, lo cual es importante para el ciudadano porque define de manera concreta los contenidos y la organización de su aprendizaje, garantizando una formación estandarizada y facilitando la movilidad y el reconocimiento de sus estudios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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