Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECD/1326/2015, de 3 de julio, por la que se establece la obligatoriedad de comunicación por medios electrónicos con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, en relación a las convocatorias de concesión de subvenciones del Programa Erasmus+ de la Comisión Europea.

BOE-A-2015-7456Publicada: 04/07/2015MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

**Obligación de usar medios electrónicos para Erasmus+** Esta orden ministerial establece que, para participar en las convocatorias de subvenciones del programa Erasmus+ y otras futuras, es obligatorio comunicarse con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) a través de medios electrónicos. Esto significa que todas las gestiones, desde la solicitud hasta las notificaciones, deberán realizarse por internet. El cambio principal es que ya no se podrán presentar solicitudes o recibir comunicaciones por vías tradicionales como el correo postal o presencialmente. La comunicación será exclusivamente digital, agilizando los trámites y asegurando que la información llegue de forma rápida y eficiente a todos los participantes. Esta medida entra en vigor de forma inmediata para las convocatorias del programa Erasmus+ y las que se realicen en el futuro, adaptándose a la normativa vigente que fomenta la administración electrónica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, aunque las solicitudes de Erasmus+ ya se presentaban mayoritariamente online, la comunicación general con el SEPIE podía ser por diversos medios. Esta orden consolida la vía electrónica como la única obligatoria, alineándose con la tendencia nacional de digitalización de las administraciones públicas, impulsada por la Ley 11/2007. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener normativas específicas, esta orden es de ámbito nacional y afecta a todos los solicitantes del programa Erasmus+ en España. Su importancia radica en asegurar la eficiencia y agilidad en la gestión de fondos europeos, cumpliendo con los compromisos adquiridos por España ante la Comisión Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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