Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 21 de julio de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de julio de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Historia.

BOE-A-2015-9036Publicada: 12/08/2015MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

**El título de Licenciado en Historia se equipara a un nivel educativo específico** Esta resolución oficializa que el título de Licenciado en Historia, obtenido antes de las reformas educativas recientes, se corresponde con un nivel concreto dentro del sistema educativo español. Esto significa que, a efectos prácticos, se le otorga un valor y reconocimiento equiparable a otras titulaciones dentro de ese mismo nivel en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. Lo que cambia es la forma en que tu título de Licenciado en Historia se presenta y se entiende en comparación con los títulos más recientes, como los grados universitarios. Permite una comparación clara y una equivalencia oficial, facilitando trámites como el acceso a estudios de posgrado o el reconocimiento profesional en diferentes ámbitos. Este acuerdo fue publicado oficialmente el 12 de agosto de 2015. A partir de esa fecha, el nivel de correspondencia del título de Licenciado en Historia quedó determinado y publicado, permitiendo su aplicación oficial en todos los procedimientos que requieran esta equiparación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, las titulaciones universitarias anteriores a la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) no tenían una correspondencia clara con los nuevos niveles de cualificación establecidos por el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Este acuerdo nacional, aprobado por el Consejo de Ministros, equipara el título de Licenciado en Historia al nivel 3 del MECES, un nivel que se corresponde con los títulos de Máster. La importancia radica en facilitar la movilidad académica y profesional de los licenciados en Historia, permitiendo una comparación directa con titulaciones más recientes y su reconocimiento en el ámbito europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →