Resolución de 20 de octubre de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de octubre de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Románica.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 20 de octubre de 2015, de la Dirección General de Política Univers ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 20 de octubre de 2015 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de octubre de 2015, que establece el nivel de correspondencia del título universitario oficial de Licenciado en Filología Románica con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). 2. **CONTEXTO** El acuerdo se adopta en el marco del Real Decreto 967/2014, que regula la homologación y equivalencia de titulaciones universitarias. La Dirección General de Política Universitaria se encarga de su publicación y aplicación. El objetivo es garantizar la coherencia del título con el sistema de cualificaciones europeo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 20 de octubre de 2015, emitida por la Dirección General de Política Universitaria, tiene por objeto publicar el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de octubre de 2015, que determina el nivel de correspondencia del título universitario oficial de Licenciado en Filología Románica con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Este acuerdo se fundamenta en el artículo 24.4 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, que establece los requisitos y el procedimiento para la determinación de la correspondencia a los niveles del MECES. En el preámbulo del Real Decreto 967/2014 se indica que el nivel 3 del MECES corresponde al nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones, según el artículo 4 del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, modificado por el Real Decreto 22/2015, de 23 de enero. Este último establece los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que ordena las enseñanzas universitarias oficiales. El acuerdo establece que el título de Licenciado en Filología Románica se corresponde con el nivel 3 del MECES, lo que implica que se encuentra en el nivel de formación superior, equivalente al nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones. La Dirección General de Política Universitaria se encarga de publicar el acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en los artículos 24.4 y 26 del Real Decreto 967/2014. Una vez publicado, el acuerdo se inscribirá en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, conforme al artículo 24.5 del Real Decreto 967/2014. Además, el Ministro de Educación, Cultura y Deporte adoptará las medidas necesarias para su aplicación. La aplicación del acuerdo no conlleva incidencia presupuestaria. Con respecto a los recursos, se permite interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo, dentro de un mes desde su publicación en el «BOE», o un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dentro de dos meses desde la publicación. Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la coherencia del título universitario con los estándares europeos de cualificación, facilitando su reconocimiento y equivalencia en otros países miembros del Espacio Europeo de Educación Superior. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el acuerdo que establece el nivel de correspondencia del título de Licenciado en Filología Románica con el MECES. El acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 967/2014 y se aplica mediante medidas específicas. La aplicación no tiene incidencia presupuestaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del acuerdo**: Se publica en el «BOE» y en la sede electrónica del Ministerio de Educación. ⚠️ **Recursos legales**: Se permiten recursos de reposición y contencioso-administrativo. 📋 **Inscripción en el Registro**: El acuerdo se inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Nivel de cualificación**: El título corresponde al nivel 3 del MECES, equivalente al nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 20 de octubre de 2015, Dirección General de Política Universitaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 20 de octubre de 2015 - **Materias**: Educación superior, cualificaciones, titulaciones universitarias, Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2015, los títulos universitarios oficiales anteriores a la reforma del Espacio Europeo de Educación Superior, como la Licenciatura en Filología Románica, se regían por normativas como el Real Decreto 1497/1987 y se homologaban según el Real Decreto 1954/1994. Esta resolución, aprobada por el Consejo de Ministros, determina la correspondencia del título de Licenciado en Filología Románica con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), un marco que se alinea con las directivas europeas para facilitar la movilidad y el reconocimiento de cualificaciones. A diferencia de otros títulos que ya habrían sido evaluados, esta resolución especifica el nivel para esta titulación concreta. Para el ciudadano, esta correspondencia es crucial, ya que clarifica el nivel académico de su título en el contexto europeo, facilitando su acceso a estudios posteriores, empleo o reconocimiento profesional tanto en España como en otros países de la Unión Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────