Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECD/279/2016, de 26 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas.

BOE-A-2016-2259Publicada: 05/03/2016MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden ECD/279/2016, de 26 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/1361/2 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden ECD/279/2016 modifica la Orden ECD/1361/2015 para actualizar el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, especialmente en materias como Dibujo Técnico, Economía, Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente, y Valores Éticos. **2. CONTEXTO** La Orden ECD/1361/2015, publicada en el BOE el 9 de julio de 2015, establecía el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Tras su publicación, se identificaron necesidades de revisión en algunos contenidos. El Consejo Escolar del Estado emitió un dictamen sobre la tramitación de la nueva orden. La nueva norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden ECD/279/2016, de 26 de febrero de 2016, modifica la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio de 2015, con el objetivo de actualizar y mejorar el currículo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La modificación se realiza mediante un único artículo, que incluye varias modificaciones específicas en los anexos de la Orden original. En primer lugar, se modifica el párrafo séptimo de la introducción de la materia Dibujo Técnico del anexo I, redactándolo como: «Los contenidos de la materia se han agrupado en cuatro bloques interrelacionados: Geometría, Sistemas de representación, Normalización y el proyecto.» (Artículo único, punto uno). Esta redacción busca una mejor organización y claridad en los contenidos de la materia. En segundo lugar, se añade un nuevo apartado en la columna «Contenidos» de la materia Economía del anexo I, bloque 3. Economía personal de 4.º de ESO, con la redacción: «El seguro como medio para la cobertura de riesgos. Tipología de seguros.» (Artículo único, punto dos). Esta adición busca ampliar el conocimiento sobre seguros como herramienta de gestión de riesgos. También se añade un nuevo apartado 5 a la columna «Criterios de evaluación» de la materia Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente del anexo II, bloque 7. La gestión y desarrollo sostenible, con la redacción: «4.1 Esquematiza las fases de potabilización y depuración del agua en una EDAR.» (Artículo único, punto tres). Este criterio de evaluación busca que los estudiantes comprendan el proceso de tratamiento del agua. Además, se añade un nuevo apartado 6 a la columna «Criterios de evaluación» de la materia Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente del anexo II, bloque 7. La gestión y desarrollo sostenible, con la redacción: «6. Valorar la protección de los espacios naturales.» (Artículo único, punto diez). Este criterio busca fomentar la conciencia sobre la importancia de la protección ambiental. También se añade un nuevo apartado 6.1 a la columna «Estándares de aprendizaje evaluables» de la materia Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente del anexo II, bloque 7. La gestión y desarrollo sostenible, con la redacción: «6.1 Argumenta la necesidad de protección de los espacios naturales y sus consecuencias.» (Artículo único, punto once). Este estándar de aprendizaje evaluable busca que los estudiantes puedan justificar la importancia de la protección de los espacios naturales. Otras modificaciones incluyen la renombración de la materia Dibujo Artístico I y II en el anexo II, que pasa a denominarse Dibujo Artístico (Artículo único, punto doce), y la modificación del título del bloque 5 de los cuatro cursos de la ESO de la materia Valores Éticos del anexo II, que pasa a denominarse «Bloque 5. Los valores éticos, el Derecho, la DUDH y otros tratados internacionales sobre derechos humanos» (Artículo único, punto trece). Estas modificaciones buscan una mayor coherencia y claridad en la denominación de las materias y bloques. Finalmente, la Orden establece una disposición final única que indica que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE (Artículo único, disposición final única). Esta disposición final asegura una entrada en vigor inmediata y efectiva de las modificaciones realizadas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden ECD/279/2016 modifica el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para mejorar su organización y contenido. Estas modificaciones buscan una mejor adaptación a las necesidades educativas actuales y una mayor claridad en los contenidos y criterios de evaluación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Se modifica el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. ⚠️ Se añaden nuevos contenidos y criterios de evaluación en varias materias. 📋 Se renombran algunas materias y bloques para mayor claridad. ℹ️ La orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de febrero de 2016 - **Materias**: Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, currículo, evaluación, contenidos, criterios de evaluación - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden ECD/279/2016 modifica la Orden ECD/1361/2015, que establecía el currículo de ESO y Bachillerato para centros de gestión estatal, introduciendo ajustes puntuales en materias como Dibujo Técnico y Economía, además de ampliar el contenido de Geografía e Historia en 1º de ESO. Esta modificación se produce tras la publicación inicial de la Orden de 2015, evidenciando la necesidad de afinar el contenido curricular. A diferencia de las CCAA, que tienen competencias plenas en educación, esta normativa estatal solo afecta a los centros de ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La inclusión de contenidos sobre seguros en Economía, por ejemplo, tiene importancia para el ciudadano al dotarle de herramientas para comprender y gestionar riesgos personales, un aspecto fundamental para su autonomía financiera. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →