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Resolución de 24 de junio de 2016, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de junio de 2016, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2016-6508Publicada: 06/07/2016MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de junio de 2016, de la Secretaría General de Universidades, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de junio de 2016 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de junio de 2016, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. **2. CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en junio de 2016 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Grado. Esta resolución se emite para cumplir con el Real Decreto 1393/2007, que establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros sobre títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de junio de 2016 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de junio de 2016, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho real decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorguen carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades publica este acuerdo como anexo a la resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que los títulos universitarios oficiales deben someterse al procedimiento de renovación de la acreditación previsto en el capítulo VI del Real Decreto 1393/2007. Además, los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, según la normativa vigente. El Ministro de Educación, Cultura y Deporte se habilita para adoptar las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El acuerdo incluye una relación de universidades y títulos de Grado que obtienen carácter oficial. Entre ellas se encuentran la Universidad Europea del Atlántico, la Universidad de Vic-Universidad Central de Catalunya y la Universidad Pontificia Comillas. Los títulos mencionados pertenecen a diferentes ramas de conocimiento, como Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura, y Ciencias Sociales y Jurídicas en el caso de las universidades de la Iglesia Católica. El Real Decreto 1393/2007 también establece que los planes de estudios deben ser elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas. Además, el acuerdo menciona el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios, lo cual es relevante para la validez y reconocimiento de los títulos en el ámbito nacional. En resumen, el acuerdo establece un marco legal para la acreditación y publicación de títulos universitarios oficiales, garantizando su validez y reconocimiento legal, y facilitando su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. La publicación en el Boletín Oficial del Estado asegura su transparencia y accesibilidad para todas las partes interesadas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a ciertos títulos de Grado y los inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007 y se publica en el Boletín Oficial del Estado. La norma establece un marco legal para la acreditación y validez de los títulos universitarios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La resolución publica el acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a títulos de Grado. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007, que establece la obligación de publicar estos acuerdos en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el Registro**: Los títulos se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, garantizando su validez legal. ℹ️ **Relación de títulos y universidades**: Se incluye una lista de universidades y títulos que obtienen carácter oficial, con su correspondiente código. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de junio de 2016 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos Oficiales - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales se regía principalmente por el Real Decreto 1393/2007, que establecía la necesidad de verificación por el Consejo de Universidades y autorización por las Comunidades Autónomas para la implantación de planes de estudio. Esta normativa estatal, a su vez, se alinea con las directivas de la Unión Europea en materia de reconocimiento de cualificaciones. La diferencia fundamental aquí radica en que el Consejo de Ministros, a través de este Acuerdo, otorga el carácter oficial a títulos de Grado específicos, un paso que trasciende la mera autorización autonómica y que, hasta ese momento, no se aplicaba a todos los títulos de manera uniforme. Para el ciudadano, esto importa porque garantiza la validez y el reconocimiento oficial de su titulación a nivel nacional, facilitando su acceso al mercado laboral y a estudios posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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