Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría General de Universidades, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 18 de enero de 2017 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. **2. CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en 2017 para reconocer el carácter oficial de ciertos títulos de Doctor. Esta resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado como parte del cumplimiento de un precepto legal. La norma se basa en el Real Decreto 1393/2007, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 18 de enero de 2017, publicada por la Secretaría General de Universidades, tiene por objeto la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017. Este acuerdo establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. El Acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que establezcan el carácter oficial de los títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que ciertas universidades han elaborado programas de doctorado que han obtenido la verificación positiva del Consejo de Universidades y la autorización de las Comunidades Autónomas. Estos programas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1393/2007, en particular el artículo 27 bis, que exige que los programas de doctorado se inscriban en el Registro de Universidades, Centros y Títulos antes de seis años desde su verificación inicial o desde su última acreditación. Además, el Acuerdo establece que los títulos de Doctor serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, de acuerdo con la normativa vigente. También se habilita al Ministro de Educación, Cultura y Deporte para adoptar las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. En el anexo del Acuerdo se incluye una relación de universidades civiles y sus programas oficiales de doctorado, entre los que se encuentran programas en áreas como Lingüística Aplicada, Materiales Avanzados, Ciencias Jurídicas, Ciencia y Tecnología de los Sistemas Agroforestales, Empresa y Finanzas, Lingüística Teórica y Aplicada, Empresa, Internet y Tecnologías de las Comunicaciones, Ingeniería de Control y Sistemas Inteligentes para la Salud y el Medioambiente, Ciencia Política y Arquitectura, Diseño, Moda y Sociedad. Este acuerdo refleja el marco legal vigente para la acreditación y reconocimiento de títulos de doctorado en el sistema universitario español, garantizando su validez y reconocimiento oficial. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2017 publica un acuerdo que establece el carácter oficial de ciertos títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007 y cumple con el procedimiento legal para la publicación de normas universitarias. La norma establece requisitos de acreditación y expedición de títulos, y detalla programas oficiales de doctorado en varias universidades. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución de 2017 publica el acuerdo del Consejo de Ministros que establece el carácter oficial de títulos de Doctor. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Requisitos de acreditación**: Los programas de doctorado deben cumplir con los requisitos de verificación y acreditación establecidos en el Real Decreto. ℹ️ **Listado de programas**: Se incluye una relación de universidades y sus programas oficiales de doctorado, con códigos identificativos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 18 de enero de 2017 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos oficiales, Doctorado - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, incluyendo los títulos de Doctor, se regía por el Real Decreto 1393/2007. Este marco estatal establecía que los planes de estudio de doctorado debían ser elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados para su implantación por las Comunidades Autónomas correspondientes, en línea con la normativa estatal y las directivas de la UE sobre el Espacio Europeo de Educación Superior. La presente resolución, aprobada por el Consejo de Ministros, formaliza el carácter oficial de títulos de doctor específicos tras haber superado estos trámites, garantizando su reconocimiento y facilitando su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que asegura la validez y el reconocimiento oficial de su formación doctoral, tanto a nivel nacional como internacional, permitiendo el acceso a posteriores estudios o al ejercicio profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────