Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría General de Universidades, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 18 de enero de 2017 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en 2017 para reconocer el carácter oficial de ciertos títulos de Máster. Este acuerdo se publicó en el Boletín Oficial del Estado mediante una resolución de la Secretaría General de Universidades. El Real Decreto 1393/2007 establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en dicho Boletín. La presente resolución cumple con este requisito. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 18 de enero de 2017 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Según el artículo 26 de dicho Real Decreto, los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. En cumplimiento de este precepto, la Secretaría General de Universidades resuelve la publicación del acuerdo como anexo a la presente resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que ciertas universidades han elaborado planes de estudios para títulos de Máster, los cuales han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización para su implantación por las Comunidades Autónomas, conforme al artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Estos planes de estudios se ajustan a los requisitos establecidos en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, que determina que las enseñanzas universitarias se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas. El acuerdo incluye una relación de títulos universitarios oficiales de Máster, tanto individuales como conjuntos, ordenados por ramas de conocimiento. Entre los títulos mencionados se encuentran el Máster Universitario en Tecnologías de Procesado de Materiales, el Máster Universitario en Ciencia de Datos, el Máster Universitario en Arquitectura del Paisaje, y otros de carácter interuniversitario, como el Máster Universitario en Estudios Norteamericanos, el Máster Universitario en Ciencias Agroambientales y Agroalimentarias, y el Máster Universitario Erasmus Mundus en Sanidad Vegetal en Agricultura Sostenible. Estos títulos son reconocidos como oficiales y deben inscribirse en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, según lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007. La publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado tiene como finalidad garantizar la transparencia y el reconocimiento legal de estos títulos, permitiendo su validez y reconocimiento en el ámbito nacional y, en algunos casos, internacional. Además, esta publicación cumple con el deber de información que tienen las administraciones públicas, según el derecho administrativo español, y asegura que los titulados puedan ejercer sus derechos y cumplir con los requisitos legales establecidos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 18 de enero de 2017 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007 y cumple con el deber de publicación en el Boletín Oficial del Estado. La publicación garantiza el reconocimiento legal de estos títulos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de títulos oficiales de Máster**: El acuerdo establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: La resolución cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Planes de estudios verificados**: Los títulos mencionados han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización para su implantación. ℹ️ **Títulos interuniversitarios**: Algunos títulos son conjuntos de varias universidades, lo que refleja la cooperación entre instituciones educativas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 18 de enero de 2017 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, Registro de Universidades, Centros y Títulos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Máster se establecía mediante Acuerdos del Consejo de Ministros, tal como preveía el Real Decreto 1393/2007. Este marco normativo estatal, que se alinea con la directiva europea sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales, exigía la verificación previa por el Consejo de Universidades y la autorización de implantación por las Comunidades Autónomas. La diferencia principal radica en el procedimiento de publicación y reconocimiento formal de títulos específicos, que hasta entonces podía variar en su concreción. Esta resolución, aprobada por el Consejo de Ministros, garantiza la uniformidad y transparencia en el reconocimiento oficial de estos másteres, lo cual es crucial para el ciudadano, ya que asegura la validez y el reconocimiento de su formación académica tanto a nivel nacional como, potencialmente, internacional, facilitando el acceso al mercado laboral y a estudios posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────