Sentencia de 18 de noviembre de 2014, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 14 de la Orden IET/2812/2012, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2014 que anula parte de una orden ministerial sobre los peajes y cánones (derechos de acceso) que pagan las empresas para usar las tuberías de gas. **¿A quién afecta?** A las Islas Baleares, porque la orden ministerial anterior las excluía de un régimen especial que sí tenían las Islas Canarias para el suministro de gas manufacturado en territorios insulares. **¿Qué cambia o establece?** Anula la exclusión de Baleares, es decir, ordena que Baleares reciba el mismo trato que Canarias en materia de gas manufacturado en islas. También condena al Estado a pagar los gastos del proceso judicial.
💬 Contexto ciudadano
La Orden IET/2812/2012 establecía un régimen diferenciado de peajes para el acceso a infraestructuras gasistas, tratamiento que ya contemplaba el marco regulatorio estatal desde la Ley 34/1988 del Sector del Gas. Sin embargo, la norma ministerial otorgaba un régimen especial a las Islas Canarias para el gas manufacturado, excluyendo sistemáticamente a las Baleares de esta equiparación territorial. Esta sentencia del Tribunal Supremo de 2014 equipara ambos archipiélagos, alineándose con el principio de no discriminación territorial y los estándares de competencia regulatoria que orienta la directiva europea 2003/55/CE. El impacto ciudadano es considerable: se normalizaban costos de acceso a infraestructura crítica y se mejoraba la competitividad empresarial balear. La decisión consolida la jurisprudencia español sobre igualdad territorial en servicios de red.