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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2017-4532Publicada: 26/04/2017MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 18 de enero de 2017, de la Secretaría ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige un error tipográfico en la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 2017, relacionado con la inscripción de títulos de Máster en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** La Resolución original fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de enero de 2017. Se detectaron errores en su redacción, específicamente en la página 6291, donde se mencionaba un título de Máster con un error en la repetición de la palabra «Máster». Esta corrección busca garantizar la precisión y la claridad en la publicación oficial de los títulos oficiales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de corrección de errores se emite en virtud de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo General, que establece que las Administraciones Públicas deben corregir errores en documentos oficiales cuando se detecten. En este caso, la corrección se refiere a un error tipográfico en la redacción de un título de Máster, específicamente en la página 6291 del Boletín Oficial del Estado. El error consiste en la repetición de la palabra «Máster» en el título «4315937. Máster Universitario en Máster en Grafística y Documentoscopia», lo cual no es correcto. La corrección debe hacerse de la siguiente manera: «4315937. Máster Universitario en Grafística y Documentoscopia». Este tipo de corrección no modifica el contenido sustancial del acuerdo, sino que solo corrige un error de redacción que puede afectar la claridad y la legibilidad del documento oficial. La corrección se realiza en el marco de la obligación de la Administración Pública de garantizar la exactitud de los documentos que publica, lo cual es fundamental para la transparencia y la confianza en el sistema público. La Resolución no introduce nuevos derechos ni obligaciones, sino que simplemente corrige un error en la publicación previa, lo cual no afecta el contenido legal del acuerdo original. Por lo tanto, la corrección no genera un nuevo acto normativo, sino una corrección de error en un documento ya publicado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige un error tipográfico en la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2017. No modifica el contenido legal del acuerdo, sino que mejora su claridad. La corrección se realiza en cumplimiento de la Ley 39/2015. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error tipográfico**: Se corrige la repetición de la palabra «Máster» en un título de Máster. ⚠️ **No modifica contenido legal**: La corrección no altera el acuerdo original, solo su redacción. 📋 **Cumple con la Ley 39/2015**: La Administración Pública debe corregir errores en documentos oficiales. ℹ️ **Relevancia informativa**: La corrección afecta la claridad del documento, pero no genera nuevas obligaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 18 de enero de 2017 (original), corrección posterior - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos Oficiales - **Relevancia**: INFORMATIVA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta resolución nacional corrige errores materiales en una publicación previa del Consejo de Ministros, que establecía el carácter oficial de ciertos títulos de Máster. Antes de esta corrección, la información errónea podía generar confusión sobre la denominación exacta de un máster específico, afectando su reconocimiento oficial. A diferencia de normativas autonómicas que podrían detallar aspectos más específicos de la oferta universitaria, esta norma estatal busca asegurar la precisión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, unificando criterios a nivel nacional. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, y la corrección, en la Secretaría General de Universidades. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que una denominación oficial correcta garantiza la validez y el reconocimiento del título académico, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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