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ResoluciónNacionalvigente

Canje de cartas entre el Reino de España y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) para la celebración de una Reunión Técnica sobre la Recopilación de Enseñanzas Extraídas en materia de Disposición Final de Desechos de Actividad Baja, hecho en Viena el 29 de marzo y 18 de mayo de 2018.

BOE-A-2018-7770Publicada: 11/06/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Canje de cartas entre el Reino de España y el Organismo Internacional de Energía ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El documento establece un acuerdo administrativo internacional entre el Reino de España y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) para la celebración de una Reunión Técnica sobre la Recopilación de Enseñanzas Extraídas en materia de Disposición Final de Desechos de Actividad Baja, que tendrá lugar del 1 al 5 de octubre de 2018. 2. **CONTEXTO** El acuerdo se produce en el marco de la Red Internacional sobre Disposición Final de Desechos de Actividad Baja (DISPONET), con el objetivo de recopilar experiencias técnicas de los Estados Miembros en la gestión de desechos de baja y media actividad. El texto fue negociado entre el Representante Residente de España ante el OIEA y el Director General Adjunto del OIEA, y se formalizó mediante el intercambio de cartas el 29 de marzo y 18 de mayo de 2018. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El acuerdo establece un marco jurídico para la celebración de la Reunión Técnica, basado en el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades del OIEA de 1 de julio de 1959, aceptado por el Reino de España el 21 de mayo de 1984. Este acuerdo se aplica provisionalmente desde la fecha de la carta de respuesta española, que fue el 5 de junio de 2018, y permanece vigente durante la duración de la reunión y el tiempo necesario para resolver cualquier cuestión derivada del acuerdo. El acuerdo incluye la designación de Jiri Faltejsek como Secretario Científico de la reunión, y establece que el Reino de España acepta las propuestas del OIEA, entre las que se incluye la posibilidad de celebrar la reunión en Madrid o Córdoba. Además, el acuerdo establece que el Reino de España concederá a los funcionarios y expertos del OIEA los privilegios y inmunidades previstos en el Acuerdo de 1959, siempre que se respeten sus reglamentos y legislación nacional. El acuerdo se formalizó mediante el intercambio de cartas, lo que lo convierte en un acuerdo administrativo internacional, y entró en vigor en la fecha de la respuesta española, es decir, el 18 de mayo de 2018. La reunión se celebrará en inglés y se prevé la participación de aproximadamente 30 personas procedentes de los países invitados, así como representantes del OIEA. El acuerdo también menciona que el Reino de España acepta la lista de instalaciones y recursos que proveerá a título gratuito, y que la Secretaría de la reunión se encargará de adoptar las disposiciones necesarias para su desarrollo. Además, se establece que el acuerdo se aplicará durante la duración de la reunión y el tiempo necesario para resolver cualquier cuestión derivada del mismo. El texto incluye anexos, como la lista de Estados Miembros invitados (Anexo A) y la lista de instalaciones y recursos que proveerá el Reino de España (Anexo B), lo que refleja la naturaleza contractual y operativa del acuerdo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo establece un marco jurídico para la celebración de una reunión técnica del OIEA en España, basado en el Acuerdo de 1959 sobre privilegios e inmunidades. El acuerdo entró en vigor el 18 de mayo de 2018 y se aplicará durante la duración de la reunión y el tiempo necesario para resolver cuestiones derivadas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Acuerdo administrativo internacional**: Se formalizó mediante el intercambio de cartas entre España y el OIEA. ⚠️ **Aplicación del Acuerdo de 1959**: Se basa en el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades del OIEA, aceptado por España en 1984. 📋 **Reunión técnica sobre desechos nucleares**: Se celebrará del 1 al 5 de octubre de 2018 en Madrid o Córdoba. ℹ️ **Vigencia del acuerdo**: Entró en vigor el 18 de mayo de 2018 y se aplicará durante la reunión y el tiempo necesario para resolver cuestiones derivadas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional - **Fuente**: Carta de la Representante Residente de España ante el OIEA y respuesta del Director General Adjunto del OIEA - **Tipo**: Acuerdo administrativo internacional - **Fecha**: 29 de marzo y 18 de mayo de 2018 - **Materias**: Derecho internacional público, derecho nuclear, derecho administrativo, cooperación internacional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo internacional, OIEA, desechos nucleares, reunión técnica, DISPONET, privilegios e inmunidades ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la gestión de desechos de actividad baja e intermedia en España se regía por la normativa nacional y las directrices internacionales existentes en materia de seguridad nuclear y protección radiológica, sin un acuerdo específico para albergar reuniones técnicas internacionales de este tipo. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener competencias delegadas en la gestión de residuos, o de la normativa estatal que establece el marco general, esta resolución concreta el compromiso de España para acoger una reunión técnica del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) sobre la disposición final de estos desechos. El acuerdo, aprobado por el Gobierno español, permite la celebración de esta reunión, facilitando la participación de expertos internacionales y la recopilación de experiencias. Para el ciudadano, esto importa al reflejar el compromiso del Estado con la seguridad y la mejora continua en la gestión de residuos radiactivos, lo cual repercute en la protección del medio ambiente y la salud pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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