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Resolución de 29 de agosto de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2018-12229Publicada: 07/09/2018MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 29 de agosto de 2018, de la Secretaría General de Universidades, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 29 de agosto de 2018 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en agosto de 2018 para reconocer como oficiales ciertos títulos de Doctor. Este acuerdo se publica mediante una resolución de la Secretaría General de Universidades. El Real Decreto 1393/2007 establece que estos acuerdos deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. La resolución de 2018 cumple con este requisito. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 29 de agosto de 2018, publicada por la Secretaría General de Universidades, tiene por objeto la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que establezcan el carácter oficial de los títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades resuelve la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros como anexo a la presente Resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros, a su vez, se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, que en su artículo 3, apartado 3, establece que las enseñanzas universitarias se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, con la verificación del Consejo de Universidades y la autorización de las Comunidades Autónomas. El Acuerdo del Consejo de Ministros reconoce como títulos oficiales de Doctor los programas de doctorado que han obtenido la verificación positiva del Consejo de Universidades y la autorización de las Comunidades Autónomas. Entre los programas reconocidos se incluyen, entre otros, el Doctorado en Comunicación, Educación y Humanidades, así como diversos programas conjuntos de doctorado organizados por múltiples universidades, incluyendo instituciones nacionales e internacionales. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece una relación de programas de doctorado organizados conjuntamente por distintas universidades, ordenados por ramas de conocimiento. Estos programas incluyen, entre otros, el Programa de Doctorado en Bioinformática, el Programa de Doctorado en Ciencias Marinas, Tecnología y Gestión, el Programa de Doctorado en Ciudad, Territorio y Planificación Sostenible, el Programa de Doctorado en Composición, Historia y Técnica en la Arquitectura y el Urbanismo, el Programa de Doctorado en Humanidades para el Mundo Contemporáneo, y el Programa de Doctorado Europeo Conjunto Marie Sklodowska-Curie en Inhibición de Receptores de Adhesión Plaquetaria en Trombosis. El Acuerdo del Consejo de Ministros se publica en el Boletín Oficial del Estado como anexo a la presente Resolución, en cumplimiento del Real Decreto 1393/2007. La publicación de este acuerdo permite que los títulos de Doctor mencionados adquieran carácter oficial y puedan inscribirse en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo cual garantiza su reconocimiento legal y su validez en el ámbito nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que reconoce como oficiales varios títulos de Doctor. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, que exige su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La publicación permite la inscripción de los títulos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado, como exige el Real Decreto 1393/2007. 📋 **Reconocimiento oficial**: Varios títulos de Doctor adquieren carácter oficial y pueden inscribirse en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Programas conjuntos**: Se reconocen programas de doctorado organizados por múltiples universidades, incluyendo instituciones internacionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 29 de agosto de 2018 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos Oficiales, Doctorado - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la oficialidad de los títulos de doctor se establecía mediante un proceso que implicaba la verificación por el Consejo de Universidades y la autorización de implantación por las Comunidades Autónomas, tal como preveía el Real Decreto 1393/2007. Esta normativa estatal, que a su vez se alinea con el marco general de la educación superior europea, establecía el procedimiento para que las universidades pudieran ofrecer programas de doctorado oficiales. La diferencia clave aquí es que, tras superar estos trámites autonómicos y universitarios, se requería un Acuerdo del Consejo de Ministros para otorgar el carácter oficial definitivo a los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Para el ciudadano, esto significa que la oficialidad de su título de doctor, y por ende su reconocimiento académico y profesional, dependía de este último paso ministerial, garantizando una uniformidad y validez a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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