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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Fondo Fiduciario UNESCO/España de cooperación para el desarrollo, hecho en París el 11 de septiembre de 2002.

BOE-A-2018-15795Publicada: 20/11/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre el R ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige un error en la fecha de finalización de la prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre España y UNESCO, publicado en el BOE. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en el marco de la corrección de errores en la publicación del Acuerdo Marco de cooperación entre España y UNESCO. Se trata de un acuerdo relativo al Fondo Fiduciario UNESCO/España de cooperación para el desarrollo. La corrección se realiza en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 270 de 8 de noviembre de 2018. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución corrige un error en la publicación del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), relativo al Fondo Fiduciario UNESCO/España de cooperación para el desarrollo, firmado en París el 11 de septiembre de 2002. El error se encuentra en la página 108933, tercer párrafo, última línea, donde se indica que la prórroga del acuerdo se extiende «hasta el 27 de marzo de 2019», cuando en realidad debe decirse «hasta el 27 de marzo de 2023». Esta corrección se realiza en virtud de la normativa vigente sobre publicación y rectificación de actos administrativos, que permite corregir errores en la redacción o en la fecha de vigencia de los actos publicados en el BOE. La corrección se efectúa mediante la publicación de una Resolución que corrige el error en el texto del acuerdo, sin alterar su contenido esencial. La Resolución se fundamenta en la necesidad de garantizar la precisión y la fiabilidad de los actos públicos, así como en el derecho a la rectificación de errores en la publicación de actos administrativos. En este sentido, la normativa vigente establece que cuando se detecta un error en la publicación de un acto, debe efectuarse la rectificación oportuna, sin que ello implique la anulación del acto mismo, sino simplemente su corrección. La corrección se realiza mediante la publicación de una Resolución que corrige el error en el texto del acuerdo, sin alterar su contenido esencial. Esta medida busca garantizar la transparencia y la precisión en la aplicación de los acuerdos internacionales firmados por España, especialmente aquellos que tienen relevancia en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige un error en la fecha de finalización de la prórroga del Acuerdo Marco entre España y UNESCO. La corrección se efectúa mediante la publicación de una Resolución que corrige el texto del acuerdo en el BOE. Esta medida busca garantizar la precisión de los actos públicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la fecha de finalización de la prórroga del Acuerdo Marco. ⚠️ **Relevancia del error**: El error afecta la vigencia del acuerdo y su aplicación práctica. 📋 **Publicación en BOE**: La corrección se efectúa mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Normativa aplicable**: Se aplica la normativa sobre rectificación de errores en actos administrativos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: No especificada en el texto, pero se refiere a la publicación del BOE de 8 de noviembre de 2018 - **Materias**: Cooperación internacional, desarrollo, publicación de actos administrativos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo Marco, UNESCO, Fondo Fiduciario, corrección de errores, BOE, prórroga, cooperación para el desarrollo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Avant la rectification, la prorogation de l’Accord‑cadre signé le 11 septembre 2002 entre l’Espagne et l’UNESCO était publiée avec une date d’échéance erronée (27 mars 2019) dans le BOE du 8 novembre 2018, alors que la durée prévue était jusqu’au 27 mars 2023. Cette erreur n’existait pas dans les autres communautés autonomes, qui, lorsqu’elles traitent de fonds fiduciaires similaires, respectent scrupuleusement les dates contractuelles, ni au niveau national où les accords internationaux sont généralement corrigés par voie d’amendement officiel. L’accord a été approuvé par le ministère des Affaires étrangères et le ministère de la Culture, mais aucune autorité régionale n’est intervenue. La différence importe pour les citoyens car elle garantit la continuité du financement des projets éducatifs et culturels, évitant ainsi une suspension prématurée des programmes soutenus par l’UNESCO. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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