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ResoluciónNacionalvigente

Prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Fondo Fiduciario UNESCO/España de cooperación para el desarrollo, hecho en París el 11 de septiembre de 2002.

BOE-A-2018-15296Publicada: 08/11/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Organiza ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución prorroga el Acuerdo Marco de cooperación entre España y la UNESCO por cuatro años adicionales, hasta el 27 de marzo de 2019. 2. **CONTEXTO** El Acuerdo Marco de cooperación entre España y la UNESCO fue firmado en París el 11 de septiembre de 2002 y entró en vigor el 28 de marzo de 2003. Originalmente tenía una vigencia de cuatro años, pero se han realizado tres prórrogas. La última prórroga fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 28 de enero de 2015, extendiendo su vigencia hasta el 27 de marzo de 2019. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 25 de octubre de 2018, firmada por el Secretario General Técnico José María Muriel Palomino, establece la cuarta prórroga del Acuerdo Marco de cooperación entre España y la UNESCO. Esta prórroga se basa en el artículo X.2 del acuerdo original, que establece la posibilidad de extender su vigencia. Según este artículo, el acuerdo puede ser prorrogado por periodos adicionales de cuatro años, siempre que ambas partes lo acuerden. La prórroga fue acordada mediante carta de la UNESCO de 21 de septiembre de 2018 y de la Delegación Permanente de España ante dicha Organización de 25 de septiembre de 2018. Esto confirma el consentimiento mutuo para continuar con la colaboración en el marco del Fondo Fiduciario UNESCO/España de cooperación para el desarrollo. La Resolución menciona que la vigencia del Acuerdo Marco se extiende hasta el 27 de marzo de 2019, lo que implica que el acuerdo seguirá vigente durante ese periodo. La prórroga se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 25 de octubre de 2018, lo que da fe de su entrada en vigor. La Resolución no introduce cambios sustanciales en el contenido del acuerdo, sino que simplemente extiende su vigencia. Esto permite que las instituciones y organismos involucrados puedan continuar con sus actividades de cooperación, financiación y desarrollo en el marco del Fondo Fiduciario UNESCO/España. La prórroga se fundamenta en el derecho internacional público, específicamente en el derecho de los tratados, que permite la prorrogación de acuerdos internacionales cuando las partes lo acuerdan. En este caso, la prorrogación se realiza mediante un acuerdo bilateral entre España y la UNESCO, lo que refleja el compromiso de ambas partes con la cooperación en materia de educación, ciencia y cultura. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución prorroga el Acuerdo Marco de cooperación entre España y la UNESCO por cuatro años adicionales. La prórroga se basa en el artículo X.2 del acuerdo original y fue acordada mediante cartas de ambas partes. La vigencia se extiende hasta el 27 de marzo de 2019. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga del Acuerdo Marco**: Se extiende la vigencia del acuerdo por cuatro años adicionales. ⚠️ **Base legal**: Se fundamenta en el artículo X.2 del acuerdo original. 📋 **Publicación**: La Resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 25 de octubre de 2018. ℹ️ **Vigencia**: El acuerdo se mantiene vigente hasta el 27 de marzo de 2019. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (entre España y la UNESCO) - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado, 25 de octubre de 2018 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 25 de octubre de 2018 - **Materias**: Derecho internacional público, cooperación internacional, educación, ciencia, cultura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo Marco, UNESCO, prorrogación, cooperación, desarrollo, Fondo Fiduciario ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta prórroga, el Acuerdo Marco de cooperación entre España y la UNESCO sobre el Fondo Fiduciario para el desarrollo, originalmente firmado en 2002 y con vigencia inicial de cuatro años, ya había sido prorrogado en tres ocasiones hasta marzo de 2019. Esta normativa, de ámbito nacional, se enmarca en la política exterior española y su colaboración con organismos internacionales como la UNESCO, sin que existan normativas autonómicas específicas que la contravengan o complementen directamente en este ámbito. La aprobación recae en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de su Secretario General Técnico, y su importancia para el ciudadano radica en la continuidad de los proyectos de cooperación y desarrollo financiados por este fondo, que buscan mejorar las condiciones de vida y el acceso a la educación, ciencia y cultura en países beneficiarios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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