Resolución de 26 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 26 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 26 de noviembre de 2018 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en octubre de 2018 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Máster. Esta resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado como parte del cumplimiento de la normativa vigente. El Real Decreto 1393/2007 establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en dicho Boletín. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 26 de noviembre de 2018, publicada por la Secretaría General de Universidades, tiene como finalidad la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018. Este acuerdo establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. En cumplimiento de este precepto, la Secretaría General de Universidades resuelve publicar el citado acuerdo como Anexo a la presente resolución. El acuerdo mencionado en la resolución establece que los planes de estudios de los títulos universitarios deben ser elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 29 de mayo, de Universidades. Además, el acuerdo incluye una relación de títulos de Máster oficiales, ordenados por ramas de conocimiento y universidades. Entre ellos se encuentran títulos como el Máster Universitario en Tecnología y Calidad Agroalimentaria de la Universidad Politécnica de Madrid, el Máster Universitario en Internet de las Cosas/Internet of Things (IoT) de la misma universidad, y diversos títulos conjuntos entre universidades nacionales e internacionales, como el Máster Universitario en Ciberseguridad, el Máster Universitario en Geoinformática, y el Máster Universitario Erasmus Mundus en Tratamiento de Imágenes y Visión Artificial. Estos títulos se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo que les otorga reconocimiento oficial y validez legal. La publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado garantiza su transparencia y accesibilidad para el público en general, así como su cumplimiento con la normativa vigente en materia educativa universitaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster y los inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo cumple con el Real Decreto 1393/2007 y la Ley Orgánica 6/2001, garantizando la legalidad y transparencia de los títulos universitarios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de títulos oficiales**: El acuerdo establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: La resolución se basa en el Real Decreto 1393/2007 y la Ley Orgánica 6/2001, garantizando la legalidad del proceso. 📋 **Lista de títulos**: Se incluye una relación detallada de títulos oficiales, ordenados por universidades y ramas de conocimiento. ℹ️ **Transparencia**: La publicación en el Boletín Oficial del Estado asegura la accesibilidad y visibilidad de los títulos otorgados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 26 de noviembre de 2018 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, registro de títulos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: títulos oficiales, Máster, Registro de Universidades, Boletín Oficial del Estado, Real Decreto 1393/2007, Ley Orgánica 6/2001 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales se regía por el Real Decreto 1393/2007, que establecía la necesidad de verificación por el Consejo de Universidades y autorización de implantación por las Comunidades Autónomas para los planes de estudio de máster. Esta norma nacional se alinea con la estructura general de la educación superior en España, donde las CCAA tienen competencias en la autorización de centros y títulos, y con el marco europeo que busca la armonización de la educación superior. El Acuerdo del Consejo de Ministros, aprobado por el gobierno central, es crucial porque otorga el carácter oficial a títulos de máster específicos, lo que antes requería un proceso de verificación y autorización más descentralizado. Esta diferencia importa al ciudadano porque garantiza la equivalencia y el reconocimiento oficial de su formación, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores, independientemente de la universidad o la comunidad autónoma donde haya cursado sus estudios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────