Resolución de 8 de enero de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 8 de enero de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 8 de enero de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en diciembre de 2018 para reconocer el carácter oficial de ciertos títulos de Grado. Esta Resolución se emite como cumplimiento de la normativa vigente, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se basa en el Real Decreto 1393/2007, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 8 de enero de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que establezcan el carácter oficial de los títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. La Secretaría General de Universidades, en cumplimiento de este precepto, resuelve la publicación del acuerdo como Anexo a la presente Resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que las universidades han elaborado planes de estudios que conducen a la obtención de diversos títulos de Grado. Estos planes han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización en su implantación por las Comunidades Autónomas, según el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. El acuerdo establece que los títulos universitarios oficiales, objeto del presente acuerdo, deberán someterse al procedimiento de renovación de su acreditación previsto en el capítulo VI del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. Además, los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, según la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo. Por último, el acuerdo establece que el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El Anexo del acuerdo incluye una relación de universidades civiles y los títulos de Grado oficiales que se reconocen, ordenados por ramas de conocimiento. Por ejemplo, en la rama de Artes y Humanidades se incluye el título de Graduado o Graduada en Cine de la Universidad del Atlántico Medio. En Ciencias de la Salud, se menciona el título de Graduado o Graduada en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad de Valladolid. En Ciencias Sociales y Jurídicas, se incluyen títulos como Graduado o Graduada en Derecho de la Universidad del Atlántico Medio, entre otros. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que reconoce el carácter oficial de diversos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007 y se cumple con la obligación de publicación en el Boletín Oficial del Estado. El acuerdo establece procedimientos de renovación de acreditación, expedición de títulos y medidas de aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el acuerdo del Consejo de Ministros que establece el carácter oficial de diversos títulos de Grado. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el Registro**: Los títulos mencionados se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Procedimiento de renovación**: Los títulos deberán someterse al procedimiento de renovación de acreditación previsto en el Real Decreto 1393/2007. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 8 de enero de 2019 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, Registro de Universidades, Centros y Títulos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales se regía principalmente por el Real Decreto 1393/2007, que establecía el marco general para la creación y reconocimiento de títulos. Esta normativa estatal, alineada con las directivas europeas sobre el Espacio Europeo de Educación Superior, exigía la verificación de los planes de estudio por el Consejo de Universidades y la autorización de implantación por las Comunidades Autónomas. La diferencia clave aquí es que, tras estas verificaciones y autorizaciones autonómicas, el Consejo de Ministros es quien finalmente otorga el carácter oficial a determinados títulos de Grado, un paso que no todas las CCAA ejecutan de forma idéntica en sus procedimientos internos. Para el ciudadano, esto significa que la oficialidad y, por ende, el reconocimiento pleno de su título, dependen de este acto formal del Gobierno central, garantizando una uniformidad a nivel nacional en la validez de las titulaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────