Resolución de 4 de abril de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de abril de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 4 de abril de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. **2. CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en marzo de 2019 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Máster. Este acuerdo debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado, según lo establecido en el Real Decreto 1393/2007. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación como anexo a la presente resolución. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de abril de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. La Secretaría General de Universidades, en cumplimiento de este precepto, resuelve la publicación del acuerdo como anexo a la presente resolución. El acuerdo establece que los títulos de Máster deben cumplir con los planes de estudios elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, según el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Además, se establece que los planes de estudios deben ser sometidos a evaluación previa en el artículo 27 bis del Real Decreto 1393/2007, antes de cuatro años desde su verificación inicial o última acreditación. En cuanto a la expedición de los títulos, se establece que estos serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, conforme a la normativa vigente, con expresa mención del acuerdo. Por último, el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades se encargará de adoptar las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El anexo del acuerdo incluye una relación de universidades civiles y los títulos de Máster oficiales que se otorgan en cada una de ellas, ordenados por ramas de conocimiento. Por ejemplo, en la rama de Ciencias se menciona el Máster Universitario en Biotecnología Azul Aplicada de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir. En Ciencias de la Salud, se incluyen títulos como el Máster Universitario en Aspectos Psicosociales y Comunicativos de Genética Clínica de la Universidad Pompeu Fabra. En Ciencias Sociales y Jurídicas, se mencionan títulos como el Máster Universitario en Dirección y Gestión Hotelera de la Universidad Europea de Canarias y el Máster Universitario en Gestión de Negocios Internacionales de la Universidad Europea de Valencia. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el acuerdo que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster y los inscribe en el Registro correspondiente. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007 y se cumple el procedimiento legal de publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma establece requisitos para la verificación y autorización de los planes de estudios, así como la expedición de los títulos y la aplicación del acuerdo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del acuerdo**: La Resolución publica el acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado, según lo establecido en el Real Decreto 1393/2007. 📋 **Requisitos de los planes de estudios**: Los planes de estudios deben ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas. ℹ️ **Expedición de títulos**: Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de abril de 2019 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos oficiales, Máster - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, incluyendo los másteres, se regía por el Real Decreto 1393/2007. Este marco estatal establecía que los planes de estudio de máster debían ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, un procedimiento similar al que se aplica en otras CCAA y que se alinea con las directivas europeas sobre reconocimiento de cualificaciones. Lo novedoso aquí es la publicación específica de un Acuerdo del Consejo de Ministros que declara el carácter oficial de *determinados* títulos de Máster, tras haber superado las verificaciones y autorizaciones pertinentes. Esta diferencia es crucial para el ciudadano porque garantiza la oficialidad y el reconocimiento de estos títulos a nivel nacional, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────