Resolución de 19 de agosto de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de julio de 2019, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de agosto de 2019, de la Secretaría General de Universidades, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de agosto de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de julio de 2019, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en julio de 2019 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Doctor. Esta Resolución, emitida por la Secretaría General de Universidades, cumple con la obligación legal de publicar el acuerdo en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto 1393/2007 establece que los acuerdos del Consejo de Ministros sobre títulos universitarios deben publicarse en dicho medio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de agosto de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de julio de 2019, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCC). Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho real decreto establece que los acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que los títulos de Doctor, con mención expresa a los programas de doctorado que los otorgan, serán inscritos en el RUCC, lo cual conlleva su consideración como títulos acreditados. Además, los programas de doctorado deben someterse a un proceso de evaluación cada seis años, según el artículo 27 bis del Real Decreto 1393/2007, para mantener su acreditación. Los títulos de Doctor serán expedidos en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, conforme a la normativa vigente, y se mencionará expresamente el presente acuerdo. Por su parte, el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades se encargará de adoptar las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El acuerdo incluye una relación de programas de doctorado en universidades civiles y en universidades de la Iglesia Católica, como el Programa de Doctorado en Investigación y Práctica Educativa de la Universidad de Cádiz, el Programa de Doctorado en Ingeniería de los Recursos Naturales de la Universidad de Oviedo, el Programa de Doctorado en Psicología de la Universidad Loyola Andalucía, y el Programa de Doctorado en Innovación en Ciencias Sociales de la Universidad Pontificia de Salamanca. Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la calidad y el reconocimiento legal de los títulos de Doctor, asegurando su inscripción en el RUCC y su cumplimiento con los requisitos establecidos en la normativa vigente. La publicación en el Boletín Oficial del Estado cumple con el deber legal de transparencia y accesibilidad de la normativa universitaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a títulos de Doctor y los inscribe en el RUCC. El acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007 y establece requisitos de evaluación y expedición de títulos. La publicación cumple con la obligación legal de transparencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del acuerdo**: La Resolución publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de julio de 2019. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, que exige su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el RUCC**: Los títulos de Doctor deben inscribirse en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Evaluación periódica**: Los programas de doctorado deben someterse a evaluación cada seis años para mantener su acreditación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 19 de agosto de 2019 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, registro de títulos, doctorado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: títulos de doctor, Registro de Universidades, Centros y Títulos, Real Decreto 1393/2007, inscripción, acreditación, evaluación, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Doctor se establecía mediante Acuerdos del Consejo de Ministros, tal como preveía el Real Decreto 1393/2007. Esta normativa estatal se alinea con el marco general de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, sin que se especifique una divergencia particular con otras Comunidades Autónomas, ya que la aprobación de estos títulos es competencia estatal. La principal diferencia para el ciudadano radica en la publicidad y el reconocimiento formal de estos estudios de doctorado, garantizando su validez oficial y su inscripción en el registro correspondiente, lo que facilita su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores, tanto a nivel nacional como, indirectamente, en el espacio europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────